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Código Civil Artículo 1473 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11-03-2025

Código Civil
Artículo 1473.

Es obligación condicional la que depende de una condición, esto es, de un acontecimiento futuro que puede suceder o no.



Chile Art. 1473 CC
Artículo 1 ...1471 1472 1473 1474 1475 ...FINAL

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ursula + shoske


Frente playero el resto que la chupe


existen variantes segun este mismo artículo del codigo civil. -


valesex vosotros sabeis



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