Autoriza establecimiento y funcionamiento de almacenes de venta libre que señala Artículo 12 Chile
Autoriza establecimiento y funcionamiento de almacenes de venta libre que señala
Artículo 12.
El concesionario de Almacén de Venta Libre, tendrá derecho a recuperar el Impuesto al Valor Agregado, establecido en el Título II del decreto ley N° 825, de 1974, que se le hubiere recargado al adquirir mercadería en el mercado interno o en su importación, una vez que el pasajero abandone el país, en las mismas condiciones establecidas para los exportadores en el artículo 36 del decreto ley N° 825, de 1974.".
Chile Art. 12 Autoriza establecimiento y funcionamiento de almacenes de venta libre que señala
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hola.... esta correcto si se pide el cumpimiento despues de 1-3 meses de emitida la resolucion por juzgado poicia local?... Si al pedirla, se rechaza por extemporaneo, que hacer????? AYUDAAaaa
VALE SEX vosotros sabéis
Me llegó una notificación previo rechazo, habiendo ingresado una reunificación familiar por vínculo, antes de la misma me autodenuncié y pagué la multa según la sanción establecida.
Deberian de contratar al abogado promesa, don Agustin Aracena.
Es formal o sustantivo?
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