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Nombre: Fredy Roa

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Está en el sitio desde: 14-09-21
Los comentarios de los usuarios

A estos trabajadores les es aplicable el artículo 38 N°4 del Código del Trabajo, por lo que están exceptuados del descanso dominical y feriados, debiendo otorgárseles un día de descanso en compensación por cada día domingo o festivo trabajado

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