Ley Organica constitucional de las fuerzas armadas Artículo 5 Chile
Ley Organica constitucional de las fuerzas armadas
Artículo 5.
Quedará sometido a la jerarquía y disciplina de las Fuerzas Armadas y demás que determinen las leyes, el siguiente personal:
a.- Los conscriptos, y
b.- Los Subalféresces, Cadetes, Grumetes, Aprendices y Alumnos de las Escuelas Institucionales que no formen parte del personal de planta.
Chile Art. 5 Ley Organica constitucional de las fuerzas armadas
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Para validar "la circunstancia de hallarse en su entero juicio", ¿está establecido que el médico evaluador debe ser de alguna especialidad determinada? Leí en algunos artículos que solo podían ser geriatra, neurólogo o psiquiatra, pero luego, a contar del 2021, se desestimó ese requisito. ¿Podrían indicarme a qué medico o profesional de la salud mental, se puede recurrir?
Estimad@, en dicho caso debe tramitar patente de oficina virtual, la que debe solicitar en la comuna donde haya declarado su casa matriz ante el SII (no necesariamente la misma de la escritura de constitución). Dicha patente grava su actividad con el artículo 24° de la Ley N° 3.063 e incluye el derecho de aseo. Si existe otra patente en la misma dirección que ya paga el aseo, debe solicitar que no se le cobre este monto.
Saludos!
hola buen día, existe norma expresa que autorice la ampliación de un embargo a los bienes del conyuge? si no son suficientes los bienes del marido deudor
Debe alegar error de hecho y solicitar se deje sin efecto por no concurrir circunstancias que justifiquen multa
Estimado Quien es el juez competente para conocer de ese asunto, ya que la fiscalía se declara incompetente, por ser temas de copropiedad inmobiliaria. Se Agradece su respuesta
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