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Establece nueva ley de matrimonio civil Artículo 60 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03-12-2024

Establece nueva ley de matrimonio civil
Artículo 60.

El divorcio pone fin a las obligaciones y derechos de carácter patrimonial cuya titularidad y ejercicio se funda en la existencia del matrimonio, como los derechos sucesorios recíprocos y el derecho de alimentos, sin perjuicio de lo dispuesto en el Párrafo 1 del Capítulo siguiente.



Chile Art. 60 Establece nueva ley de matrimonio civil
Artículo 1 ...58 59 60 61 62 ...FINAL

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Los comentarios de los usuarios

¿A que se refiere específicamente el articulo 60 cuando dice? "El divorcio pone fin a las obligaciones y derechos de carácter patrimonial cuya titularidad y ejercicio se funda en la existencia del matrimonio"

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Estoy en tramite de divorcio, me casé con separación de bienes por lo que mi ex marido como compensación económica me dara la mitad de un departamento (que esta a su nombre, fue comprado durante el matrimonio).

Yo deje de trabajar para dedicarme al cuidado de la familia y labores de casa.

Por la edad que tengo (59 años) y una patología de tipo sicologica me es muy difícil encontrar trabajo, por lo que no cuento con ningun tipo de ingresos, tampoco tengo derecho a bonos o beneficios del estado, es posible solicitar tbn una compensación economica?

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