Establece la ley organica constitucional del ministerio publico Artículo 75 Chile
Establece la ley organica constitucional del ministerio publico
Artículo 75.
La remuneración del fiscal adjunto que se desempeñe como jefe de fiscalía local no podrá ser superior a la del grado IV del escalafón superior del Poder Judicial ni inferior a la del grado V del mismo escalafón, incluidas todas las asignaciones que le correspondan.
Los demás fiscales adjuntos no podrán tener una remuneración superior a la del grado VI ni inferior a la del grado VIII del referido escalafón, incluidas todas las asignaciones que les correspondan.
Chile Art. 75 Establece la ley organica constitucional del ministerio publico
Mejores juristas





a los abogados les gusta el ñacson
me llamo matias verdejo y me gusta el ñato
me llamo sebastian vera y no se nada de derecho pero tomoo causas igual
Nada habla de los vehículos antiguos 25 años o 30 años los cuales están exentos del grabado de la patente en los vidrios. Mezclan los antiguos con los históricos 40 años
Buenos días. Gracias por llamar nuestra atención. Hemos actualizado este artículo.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios