Entrega un bono extraordinario de apoyo a la niñez Artículo 7 Chile
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 26-10-2026
Entrega un bono extraordinario de apoyo a la niñez
Artículo 7. Fiscalización
Corresponderá a la Superintendencia de Seguridad Social la supervigilancia y fiscalización del otorgamiento y pago del bono.
Para el ejercicio de lo anterior, la Superintendencia interpretará la presente ley y dictará las normas necesarias para su aplicación.
Chile Art. 7 Entrega un bono extraordinario de apoyo a la niñez
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grande pelaito fuentes
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Gano Morris!!
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