Crea el servicio de auditoría interna de gobierno Chile
Crea el servicio de auditoría interna de gobierno
- PÁRRAFO 1º
Disposiciones Generales - Artículo 1. Créase el Servicio de Auditoría Interna de Gobierno, en adelante también "el...
- Artículo 2. El Servicio tendrá por objeto contribuir a agregar valor y fortalecer los...
- Artículo 3. Las disposiciones de la presente ley serán aplicables a los órganos...
- Artículo 4. Para los efectos de la presente ley, se entenderá por: a) Actividades de...
- Artículo 5. El Servicio de Auditoría Interna de Gobierno elaborará la Política de...
- Artículo 6. Los órganos a los que se refiere el artículo 3 deberán elaborar un Plan de...
- PÁRRAFO 2º
Funciones y Atribuciones - Artículo 7. El Servicio de Auditoría Interna de Gobierno tendrá, sin perjuicio de lo...
- Artículo 8. El Servicio de Auditoría Interna de Gobierno ejercerá sus funciones y...
- PÁRRAFO 3º
Organización y Estructura - Artículo 9. La dirección superior, la organización y la administración del Servicio de...
- Artículo 10. Al Servicio de Auditoría Interna de Gobierno le será aplicable lo...
- Artículo 11. El Auditor General de Gobierno tendrá especialmente las siguientes funciones...
- PÁRRAFO 4º
Red de Auditoría Interna - Artículo 12. La Red de Auditoría Interna será dirigida y coordinada por el Servicio y...
- Artículo 13. Los órganos señalados en el artículo 3 deberán contar con una Unidad de...
- Artículo 14. Los auditores internos institucionales y los equipos de auditoría interna...
- Artículo 15. Los auditores internos institucionales y los equipos de auditoría interna...
- Artículo 16. Los auditores internos institucionales y los equipos de auditoría interna...
- PÁRRAFO 5º
Patrimonio - Artículo 17. El patrimonio del SAIG estará constituido por: a) Los aportes que...
- Artículo 18. El SAIG estará sometido al decreto ley Nº 1.263, de 1975, sobre...
- PÁRRAFO 6º
Del Personal - Artículo 19. El personal del SAIG se regirá por las disposiciones de la ley Nº 18.834,...
- Artículo 20. El personal del SAIG deberá guardar reserva y secreto de la información y...
- PÁRRAFO 7º
Otras Disposiciones - Artículo 21. Para el ejercicio de sus funciones, el SAIG podrá solicitar la colaboración...
- Artículo 22. Las referencias que las leyes, reglamentos y demás normativa vigente hagan...
- Artículo 23. Créase en la planta directiva del Servicio de Auditoría Interna de Gobierno,...
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no, quedará como filiación contra la oposición
sí si se puede, yo lo hice y no paso nada
Hola quisiera saber si el padre puede reconocer a un hijo después de que la sentencia del tribunal sea por el artículo. 203 del codigo civil. Es decir si se puede cambiar esa situación ya que en el certificado de nacimiento sale la filiación paternal por el código 203.
Gracias
Entonces existe una excepción donde predomina el IFC sobre el plan regulador. Eso lo define quien ?
Buenas días, junto con saludarlos quisiera hacer una consulta. Estoy tramitando una posesión efectiva testada la cual cumplió con los tramites establecidos. Pero me falta la publicación en el diario oficial el cual ya no publica (gratis) este tipo de resoluciones.
Publique en un diario electrónico DIARIO AVISOS LEGALES por 3 días y el tribunal (5 juzgado civil de valparaíso) rechazo la publicación ya que no es su giro este tipo de publicaciones.
Anteriormente busque otro tipo de publicaciones pero escritas y son demasiados caras y no están al ancanse de mi bolsillo.
Consulta tendré que buscar otros medios informativos y ver su giro para hacer este tipo de publicaciones o es el tribunal que esta con un sesgo arbitrario con respecto a ciertos medios de comunicación.
Agradecido y esperando una orientación quedo atento.
Gracias
Publique la información de sí mismo
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