CPC Artículo 564 Chile
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16-06-2025
Código de Procedimiento Civil
Artículo 564.
La sentencia pronunciada en la querella de restablecimiento deja a salvo a las partes, no sólo el ejercicio de la acción ordinaria en conformidad al artículo 563, sino también el de las acciones posesorias que les correspondan.
Chile Art. 564 Código de Procedimiento Civil
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