Código de Minería Artículo 236 Chile
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23-04-2024
Código de Minería
Artículo 236.
Los plazos de días que se refieren a actuaciones judiciales en asuntos contenciosos promovidos con arreglo a este Código, se entenderán suspendidos durante los días feriados.
Chile Art. 236 Código de Minería
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