Código de Comercio Artículo 1238 Chile
Código de Comercio
Artículo 1238.
La solicitud de oposición a una retención o arraigo, así como la de objeción al monto o forma de constitución de la garantía, se tramitarán como incidente y sin que su interposición suspenda los efectos de la resolución impugnada.
La petición sobre modificación, reducción o alzamiento de una garantía sustitutiva de un arraigo, se tramitará también como incidente.
Chile Art. 1238 CCom, CDC, C Co
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