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Código de Aguas Artículo 298 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16-06-2025

Código de Aguas
Artículo 298.

La Dirección General de Aguas es un servicio dependiente del Ministerio de Obras Públicas. El Jefe Superior de este servicio se denominará Director General de Aguas y será de la exclusiva confianza del Presidente de la República.



Chile Art. 298 Código de Aguas
Artículo 1 ...296 297 298 299 299 bis ...317

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hola herrerista25


Estoy cansado de ocultarlo... te amo, profesor Ascencio.


Pablo deja de tocarme estamos en clase por favor


Ultima vez que me tirai la pela asi. Me leiste bien? Victor heredia


Benja anda a acostarte tonto qlo


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