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Código Civil Artículo 2504 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05-06-2025

Código Civil
Artículo 2504.

Si la propiedad pertenece en común a varias personas, todo lo que interrumpe la prescripción respecto de una de ellas, la interrumpe también respecto de las otras.



Chile Art. 2504 CC
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