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Código Civil Artículo 2498 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 13-09-2023

Código Civil
Artículo 2498.

Se gana por prescripción el dominio de los bienes corporales raíces o muebles, que están en el comercio humano, y se han poseído con las condiciones legales.

Se ganan de la misma manera los otros derechos reales que no están especialmente exceptuados.



Chile Art. 2498 CC
Artículo 1 ...2496 2497 2498 2499 2500 ...FINAL

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