Código Civil Artículo 1837 Chile
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16-06-2025
Código Civil
Artículo 1837.
La obligación de saneamiento comprende dos objetos: amparar al comprador en el dominio y posesión pacífica de la cosa vendida, y responder de los defectos ocultos de ésta, llamados vicios redhibitorios.
Chile Art. 1837 CC
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