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Código Civil Artículo 1784 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 26-09-2023

Código Civil
Artículo 1784.

La mujer que renuncia conserva sus derechos y obligaciones a las recompensas e indemnizaciones arriba expresadas.



Chile Art. 1784 CC
Artículo 1 ...1782 1783 1784 1785 1786 ...FINAL

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ampuero aweonao te paso por la punta de la corneta


los tengo como weon leyendo



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