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Código Civil Artículo 1535 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05-10-2026

Código Civil
Artículo 1535.

La cláusula penal es aquella en que una persona, para asegurar el cumplimiento de una obligación, se sujeta a una pena, que consiste en dar o hacer algo en caso de no ejecutar o de retardar la obligación principal.



Chile Art. 1535 CC
Artículo 1 ...1533 1534 1535 1536 1537 ...FINAL

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