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Código Civil Artículo 1163 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03-12-2024

Código Civil
Artículo 1163.

El derecho de transmisión excluye al de sustitución, y el de sustitución al de acrecimiento.



Chile Art. 1163 CC
Artículo 1 ...1161 1162 1163 1164 1165 ...FINAL

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Tiene un plazo el alimentado para reclamar pago de la pensión alimenticia, si ya salió una sentencia de cese de pago de pensión



Al tipo penal yo le pondría de nombre "Desvío arbitrario de fondos públicos"


Hola este articulo es aplicable para los que trabajamos en el sector de administración delegada ( decreto 3166/80)


El tipo penal es "aplicación pública diferente"


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