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Nombre: Yessika Alexa Veliz

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Está en el sitio desde: 17-08-21
Los comentarios de los usuarios

Al igual q ustedes me paso lo mismo

Todos los días tratando de llamar respuesta por que no me había llegado correos a ningún lugar y en las páginas disponibles nada aparecía hace unos días atrás me di con la sorpresa q enviaron una carta certificada a domicilio y yo informe de mi cambio de domicilio pero no llegaba nada a ninguno de los dos lugares ahora 30 de enero acabo de entrar a ver estado de trámites recién aparece revise ayer ni había nada hoy en la mañana también y no había nada ahora por la tarde aparece la dichosa carta y dice q me rechazan la permanencia definitiva que me dan una visa temporaria y esta carta tiene una fecha del 9 de diciembre ya se van a cumplir los 60 días q dan de plazo para hacer el.estampado electrónico la próxima semana se vence el plazo y no está disponible el mencionado documento , ahora que hago que me va a pasar tengo 2 hijos chilenos, esto es un trato muy amargo esperando dos años y medio para esto ,yo ya llevo viviendo aquí desde el 2008 y no lo encuentro justo que me hagan esto lo peor es que ni dan respuesta como debe de ser ya el 9 de febrero quedo en el aire, ilegal no se me encuentro mal con esta noticia y muy preocupada ....

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Por intermedio de la presente, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 142 del Reglamento de Extranjería, adjunto copia de la Resolución Exenta N° 106688 del 26/08/2021, la cual Rechaza la solicitud de Permanencia Definitiva otorgándole una Visa Temporaria. Para que se materialice el beneficio indicado, usted deberá ingresar a la página web www.extranjeria.gob.cl en TRÁMITES DIGITALES, para activar su Estampado Electrónico, el cual quedará disponible en un plazo no superior a 10 días hábiles para ser descargado por usted. Tiene un plazo de 60 días a contar de esta fecha, para efectuar este trámite, de lo contrario su solicitud será rechazada de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 64 N°5, en relación al artículo 5 y de conformidad a lo señalado en el artículo 67, todos del DL 1094 Ley de extranjería. Así como en lo dispuesto en el artículo 138 N°5, en relación al artículo 10 y 141 de su Reglamento. NOTA: Si su visa es dependiente, el Estampado Electrónico no estará disponible si el titular de la visa no ha descargado su Estampado Electrónico. Saluda atentamente a Ud.,

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Hola yo metí un recurso de amparo y también me rechazaron. Que pudieron resolver ustedes? yo cumplí con absolutamente todo. Cualquier información por favor

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a mi me paso lo mismo y no entiendo ya pasaron los 10 días supuestamente y nada .. has averiguado algo??

Por intermedio de la presente, y de acuerdo a lo establecido en el artículo 142 del Reglamento de Extranjería, adjunto copia de la Resolución Exenta N° 97053 del 02/08/2021, la cual Rechaza la solicitud de Permanencia Definitiva otorgándole una Visa Temporaria. Para que se materialice el beneficio indicado, usted deberá ingresar a la página web www.extranjeria.gob.cl en TRÁMITES DIGITALES, para activar su Estampado Electrónico, el cual quedará disponible en un plazo.

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