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Ley sobre impuesto a las ventas y servicios Artículo 50 A Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 07-04-2026

Ley sobre impuesto a las ventas y servicios
Artículo 50 A.

Estarán exentas del impuesto establecido en el artículo 42, las bebidas alcohólicas que se internen al país por pasajeros para su consumo, en una cantidad que no exceda de 2.500 centímetros cúbicos por persona adulta.



Chile Art. 50 A Ley sobre impuesto a las ventas y servicios
Artículo 1 ...48 50 50 A 50 B 51 ...87

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TORO YAÑEZ


al juan claude le meti el pico en el quinchito


al benja romero le gusta el ñato waton y con la cabeza morbidaaa


pregúntale a tu hermana


Nachesss wekito


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