Nombre: Carlos Alfredo Contreras Matus
Número de teléfono:Los comentarios del abogado Carlos Alfredo Contreras Matus
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la vivienda social a construir con el ds49 superara el valor de 1000 u.f. a que se refiere el art. 55 LGUC.
queda vigente el IFC que autorizo por art. 55 LGUC ?
Se anula el IFC autorizado ?
Para validar "la circunstancia de hallarse en su entero juicio", ¿está establecido que el médico evaluador debe ser de alguna especialidad determinada? Leí en algunos artículos que solo podían ser geriatra, neurólogo o psiquiatra, pero luego, a contar del 2021, se desestimó ese requisito. ¿Podrían indicarme a qué medico o profesional de la salud mental, se puede recurrir?
Estimad@, en dicho caso debe tramitar patente de oficina virtual, la que debe solicitar en la comuna donde haya declarado su casa matriz ante el SII (no necesariamente la misma de la escritura de constitución). Dicha patente grava su actividad con el artículo 24° de la Ley N° 3.063 e incluye el derecho de aseo. Si existe otra patente en la misma dirección que ya paga el aseo, debe solicitar que no se le cobre este monto.
Saludos!
hola buen día, existe norma expresa que autorice la ampliación de un embargo a los bienes del conyuge? si no son suficientes los bienes del marido deudor
Debe alegar error de hecho y solicitar se deje sin efecto por no concurrir circunstancias que justifiquen multa
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Si, al momento de ocurrir un siniestro, si usted, no tiene su seguro al dia, la cia de seguro no lo cubrirá.
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Email: contrerasmatusabogado@gmail.com
Código de Comercio Artículo 528.
Estimado, tenemos que distinguir si en el contrato de trabajo de administradora existe clausula expresa de prohibición , una de ellas exclusividad. Si no está en todo su derecho de tener y poder ejercer otro trabajo.
el mismo caso anterior , revise su reglamento de condominio
si se puso termino al contrato de seguro de incendio por tiempo, averigue si este esta renovado , lo cual me parece muy raro, si no estuviere renovado, entonces reclame a la junta de administración.
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Sobre copropiedad inmobiliaria Artículo 17.
Stephanie , cuando no hay acuerdo entre las partes solo queda el camino legal, envieme los datos y comenzare su demanda.
Carlos Contreras M. Abogado 978233793
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Usuario EInahpets Edlacer
va a depender donde usted geográficamente se encuentra y como esta denominada su empresa u oficio .
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Usuario Crismily Rojas Marín
Domenico: los articulados del CPP son bastantes explícitos , no hay modificación de ellos hasta el dia de hoy y se deben interpretar según indica el Código , si no hubiere rebeldía sería un proceso normal y se ajustará al proceso
Atentamente
Carlos Contreras M.
Abogado
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Usuario Domenico Vindigni
NO, no constituye un titulo ejecutivo , solo lo que indica una declaracion
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Usuario Leon Michelow
SI , se solicita una servidumbre que puede pasar por otra consecion minera
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Código de Minería Artículo 122.
Estimado, las encuentas son una encuesta y no tienen el carácter de decisión o mandato, solo reflejan el parecer un grupo de personas o comunidad, por tanto, te muestran solo una tendencia.
con la salvedad, que al momento de hacer una votacion, esta encuesta, no refleje los resultado de la misma...
Solo en puedes ratificar esta encuesta , con una votación ajustada a derecho.
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Sobre copropiedad inmobiliaria Artículo 17.
Si un establecimiento Comercial cumple con la normativa , no tendría nada de engorroso el solicitar la documentación requerida, caso contrario se transforma en un penoso caso de molestia para el barrio donde está ubicado , La ley es casi siempre logica, y su espíritu es ver el bien comun.ejemplo : Restorantes bulliciosos y no cumpliendo ninguna norma, ubicado en un barrio residencial, molestia para vecinos por ruidos molestos y escandalo. y venta de alcohol a menores
Como solucionamos, si tiene patente y nunca se pudiera controlar , por otro lado , dueño de restorán que cumple con todo.
según de que lado estamos veremos el problema...
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Ley sobre expendio y consumo de bebidas alcoholicas Artículo 4.
En que se resuelve un mismo Tribunal los casos relacionados y no tendría que esperar la resolución de uno para resolver el otro , en Materia Procesal se indica como Economía Procesal, en relación al caso es más rápido y menos engorroso.
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Usuario Mauricio Escalona