Crea un subsidio nacional para el transporte público remunerado de pasajeros Chile
Crea un subsidio nacional para el transporte público remunerado de pasajeros
- TÍTULO I
Del otorgamiento del Subsidio - Artículo 1. Créase un mecanismo de subsidio de cargo fiscal destinado a compensar las...
- Artículo 2. A contar de la fecha de publicación de esta ley, el gasto total anual por...
- Artículo 3. La determinación del monto del subsidio que corresponda a los casos que se...
- Artículo 4. En las zonas geográficas distintas de las señaladas en el artículo 3º, las...
- Artículo 5. En las mismas zonas contempladas en los artículos 3°, literal b), y 4°,...
- Artículo 6. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y el Ministerio del...
- Artículo 7. A partir de la fecha de publicación de esta ley toda modificación en los...
- TÍTULO II
De las sanciones - Artículo 8. Las personas que perciban indebidamente los recursos provenientes del...
- Artículo 9. Para la determinación de las sanciones establecidas, se considerarán las...
- Artículo 10. Toda sanción aplicada deberá fundarse en un procedimiento que se iniciará...
- Artículo 11. En contra de la resolución que aplique una sanción, podrá deducirse por...
- TÍTULO III
Disposiciones Generales - Artículo 12. Los montos que perciban los contribuyentes que a cualquier título posean o...
- Artículo 13. Créase en la Planta de Personal de la Subsecretaría de Transportes,...
- Artículo 14. Créase un Panel de Expertos, en adelante "el Panel", que tendrá las...
- Artículo 15. Cada vez que el Panel proponga un determinado nivel de tarifas, deberá...
- Artículo 16. El Panel de Expertos estará conformado por tres integrantes, que durarán...
- Artículo 17. Los miembros del Panel deberán ejercer sus funciones con estricto apego a la...
- Artículo 18. Los integrantes del Panel percibirán una dieta mensual equivalente a 30...
- Artículo 19. El Panel se reunirá periódicamente, al menos una vez al mes. La...
- Artículo 20. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá financiar, diseñar,...
- Artículo 21. En el caso de que una región no cuente con un plan maestro al que se refiere...
- Artículo 21 BIS. Respecto de las obras relacionadas con transporte público que se realicen...
- Artículo 22. Modifícase la ley N° 18.696, de la siguiente forma: a) Efectúanse los...
- Artículo 23. Las propuestas de los reglamentos a que se refieren los artículos 3°; 4º;...
- Artículo 24. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá ejecutar o autorizar...
Mejores juristas
Buenos días. Lamentablemente depende de la Corte de Apelaciones en que se encuentre el proceso y de la resolución o sentencia que se esté apelando. Por regla general la apelación de incidentes (que son cuestiones accesorias de un juicio) demoran aproximadamente 3 meses. Cuando la apelación es de sentencia definitiva (la que pone fin a un juicio resolviendo la solicitud principal) puede tardar muchísimo mas (por ejemplo, Valparaíso tarda aproximadamente 6 meses y Santiago puede tardar hasta 10).
Muy buenos días cuanto tarda la corte de apelaciones en dar un veredicto? ò salir de el estado relator 372?, esperando una respuesta se agradece.
Las pistas de una rotonda sde comportan igual que las pistas de una calle normal?
Con ello pregunto: Si alguien conduciendo en una rotonda toma una salida desde la pista central o la de la mas izquierda, estaría infringiendo el artículo 135?
Extracto Artículo 135:
> la iniciación de un viraje a la derecha y el viraje mismo deberá hacerse tan cerca como sea posible de la cuneta de la mano derecha o del borde de la calzada
No, a lo mucho constituye una falta penal en ciertos casos.
- Hola. Palabrear a una persona, es sancionado penalmente ? Saludos
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