Moderniza el sector portuario estatal Artículo 51 Chile
Moderniza el sector portuario estatal
Artículo 51.
El reglamento de licitaciones a que se refiere el artículo anterior, propenderá a fijar condiciones estables para los procesos de licitación, que propicien la libre competencia y que otorguen garantías de equidad para los concesionarios de los puertos estatales entre sí y entre éstos y los puertos privados, para cuyos efectos este reglamento contendrá, a lo menos, los elementos siguientes:
1º. Las normas que regulan el procedimiento de adjudicación;
2º. El plazo máximo de vigencia de los contratos;
3º. Los criterios técnicos de asignación de las propuestas;
4º. Las obligaciones técnicas, operacionales y económicas que deben incorporarse en las respectivas bases de licitación;
5º. Las garantías que deben rendirse;
6º. El régimen de sanciones aplicables a los incumplimientos de los contratos;
7º. Las causales de extinción de dichos actos y contratos, y
8º. Los contenidos mínimos de las bases de licitación.
Tratándose de concesiones portuarias éstas se extinguirán por:
a) El vencimiento del plazo de la concesión;
b) Mutuo acuerdo de las partes;
c) Incumplimiento grave de las obligaciones del concesionario, y
d) Las causales que estipulen las bases de licitación.
Chile Art. 51 Moderniza el sector portuario estatal
Mejores juristas
Buenos días. Lamentablemente depende de la Corte de Apelaciones en que se encuentre el proceso y de la resolución o sentencia que se esté apelando. Por regla general la apelación de incidentes (que son cuestiones accesorias de un juicio) demoran aproximadamente 3 meses. Cuando la apelación es de sentencia definitiva (la que pone fin a un juicio resolviendo la solicitud principal) puede tardar muchísimo mas (por ejemplo, Valparaíso tarda aproximadamente 6 meses y Santiago puede tardar hasta 10).
Muy buenos días cuanto tarda la corte de apelaciones en dar un veredicto? ò salir de el estado relator 372?, esperando una respuesta se agradece.
Las pistas de una rotonda sde comportan igual que las pistas de una calle normal?
Con ello pregunto: Si alguien conduciendo en una rotonda toma una salida desde la pista central o la de la mas izquierda, estaría infringiendo el artículo 135?
Extracto Artículo 135:
> la iniciación de un viraje a la derecha y el viraje mismo deberá hacerse tan cerca como sea posible de la cuneta de la mano derecha o del borde de la calzada
No, a lo mucho constituye una falta penal en ciertos casos.
- Hola. Palabrear a una persona, es sancionado penalmente ? Saludos
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