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Crea el ministerio de ciencia, tecnología, conocimiento e innovación Artículo 26 Chile


Crea el ministerio de ciencia, tecnología, conocimiento e innovación
Artículo 26.

Modifícase la ley Nº 20.241, que establece un incentivo tributario a la inversión privada en investigación y desarrollo, de la siguiente manera:

1) Reemplázase, en el inciso cuarto del artículo 2º, la expresión "Presidente de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica" por "Ministro o Ministra de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación".

2) Sustitúyese, en el artículo 16, la expresión "el Ministro de Hacienda" por "los Ministros o Ministras de Hacienda y de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación".



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Frente playero el resto que la chupe



existen variantes segun este mismo artículo del codigo civil. -





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