Ley de presupuestos del sector público correspondiente al año 2017 Chile
Ley de presupuestos del sector público correspondiente al año 2017
- Artículo 1. Apruébase el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Sector Público, para el...
- Artículo 2. Apruébanse los Ingresos Generales de la Nación y los Aportes Fiscales en...
- Artículo 3. Autorízase a la Presidenta de la República para contraer obligaciones, en el...
- Artículo 4. En conformidad con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 26 del...
- Artículo 5. Durante el año 2017, la aplicación de la letra d) del artículo 87 del...
- Artículo 6. La propuesta o licitación pública será obligatoria respecto de los proyectos...
- Artículo 7. En los decretos que contengan transferencias, hayan sido dispuestas en esta...
- Artículo 8. Prohíbese a los órganos y servicios públicos, la adquisición, construcción o...
- Artículo 9. No obstante la dotación máxima de personal o de horas semanales fijadas en...
- Artículo 10. Los órganos y servicios públicos podrán contratar personal que reemplace a...
- Artículo 11. Para los efectos de proveer durante el año 2017 las vacantes de los cargos a...
- Artículo 12. Los órganos y servicios públicos de la administración civil del Estado...
- Artículo 13. El producto de las ventas de bienes inmuebles fiscales que no estén...
- Artículo 14. La Dirección de Presupuestos proporcionará a las Comisiones de Hacienda del...
- Artículo 15. Durante el año 2017, la suma de los montos involucrados en operaciones de...
- Artículo 16. Durante el año 2017, la Presidenta de la República podrá otorgar la garantía...
- Artículo 17. Los órganos y servicios públicos incluidos en esta ley necesitarán...
- Artículo 18. Los decretos supremos del Ministerio de Hacienda que deban dictarse en...
- Artículo 19. Los encargados de los programas presupuestarios previstos en esta ley que se...
- Artículo 20. Cuando los órganos y servicios públicos realicen avisaje y publicaciones en...
- Artículo 21. Será de cargo de las respectivas entidades públicas el siguiente deber de...
- Artículo 22. Las actividades de publicidad y difusión que corresponda realizar por los...
- Artículo 23. Las comisiones de servicio en el país y en el extranjero deberán reducirse a...
- Artículo 24. Fíjase para el año 2017 en 8.000 el número máximo de personas que podrá...
- Artículo 25. Las disposiciones de esta ley regirán a contar del 1 de enero del año 2017,...
- Artículo 26. Los gastos en publicidad y difusión que podrán ejecutarse con cargo a cada...
- Artículo 27. Reemplázanse, en el artículo séptimo transitorio de la ley N° 20.780, las...
- Artículo 28. Toda información que de acuerdo a lo establecido en esta ley deba ser...
Otras regulaciones
Autoriza erigir un monumento en memoria del exministro, abogado y defensor de los derechos humanos señor jaime castillo velasco en la comuna de santiago Ley que establece el sistema de elecciones primarias para la nominación de candidatos a presidente de la república, parlamentarios, gobernadores regionales y alcaldes Sobre universidades estatales Regula las ofertas publicas de adquisicion de acciones (opas) y establece regimen de gobiernos corporativos Crea el departamento de isla de pascuaMejores juristas
Este artículo (19 de la ley 16271), ¿deroga las exenciones del artículo 2 para el pago de los impuestos y convierte en donaciones de poca monta del art. 18 N°2 que supuestamente no serían válidas entre el primer y cuarto grado de parentesco haciéndolas válidas hasta como 100 UF mensuales y/o menos e eximiéndolas de la insinuación?
Este artículo (19 de la ley 16271) ¿también deroga los incisos finales de los artículos 1188, 1198 del código civil y todo el artículo 1398 del mismo texto legal?
Todo ésto refundido en el DFL-1 30-MAY-2000
Son claves las reglas de los artículos 19 al 24 del código civil.
Estaré atento a sus comentarios.
Muchas gracias.
Un sujeto había cometido un robo con intimidación en una avenida del sector oriente de la capital, cuando es divisado por un motorista de Carabineros que circulaba por los alrededores del lugar. Este sujeto al ver la presencia policial emprende la huida y es seguido por el funcionario en su moto hasta que el imputado llega a una residencia, saltando la pared e ingresando en ella. El Carabinero, al llegar la residencia en donde saltó el imputado, y se percata que hay una bandera de otro país, y una placa metálica que señala que corresponde a la residencia del Embajador de Argentina en Chile.
El funcionario policial, al estar en persecución del delincuente, decide saltar la pared e ingresar igualmente. Una vez en el lugar se pudo percatar que el imputado había seguido huyendo saltando hacia otra propiedad. El encargado del lugar se encuentra con el Carabinero, a quien le pide salga de la residencia diplomática.
PREGUNTA:
Teniendo en consideración lo previsto en el artículo 129 inciso final, artículo 205, 206 y 210 del Código Procesal Penal.
¿Era correcto aplicar el inciso final del artículo 129 del CPP o debía regirse por el artículo 210 y adoptar medidas de vigilancia?, o ¿puede requerir la autorización del encargado del local de conformidad al artículo 205 del CPP?
Hola; si un delito es producido en un país, pero causa sus efectos en otro, hay 3 teorías que pretenden solucionar el problema
La teoría de la acción, o sea, donde se ejecuta la conducta, más allá, de donde se produzca el resultado; La teoría del resultado, por el contrario, lo importante es donde se produce el efecto. Y, por último, la teoría de la ubicuidad. En la cual, en definitiva, son competentes tanto el país en el que se da la ejecución del hecho, como aquel en el cual se producen los resultados. Cualquiera de ellos puede conocer el delito. Siempre considerando el principio non bis in ídem. Es decir, no puede ser condenado 2 veces por la misma conducta.
Soy estudiante de derecho (2do año)
una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?
buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada
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