Establece un estatuto de protección en favor del denunciante Chile
Establece un estatuto de protección en favor del denunciante
- TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES - Artículo 1. Definiciones
- Artículo 2. Acceso a la protección por parte del denunciante
- TÍTULO II
DE LAS DENUNCIAS EN EL SECTOR PÚBLICO A TRAVÉS DEL CANAL DE DENUNCIAS DE LA CONTRALORÍA - Artículo 3. Canal de Denuncias
- Artículo 4. Contenido de la denuncia
- Artículo 5. Gestión de las denuncias presentadas a través del Canal
- Artículo 6. Otros canales de denuncia
- TÍTULO III
DE LA RESERVA DE LA DENUNCIA - Artículo 7. Reserva de la denuncia y de los antecedentes acompañados a ella
- TÍTULO IV
DEL DEBER DE DENUNCIA Y DE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN EN FAVOR DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO - Artículo 8. Deber de denuncia del personal de la Administración del Estado
- Artículo 9. Medidas preventivas de protección a favor del personal de la Administración del Estado
- Artículo 10. Concesión de las medidas preventivas de protección
- Artículo 11. Tramitación de las medidas preventivas de protección
- Artículo 12. Alegación de represalias por causa de la denuncia efectuada por el personal de la Administración del Estado
- Artículo 13. Tramitación de la reclamación de ilegalidad por represalia del acto o actuación administrativa
- Artículo 14. Cooperación eficaz
- TÍTULO V
DISPOSICIONES APLICABLES A LAS ENTIDADES PÚBLICAS O PRIVADAS EN QUE EL ESTADO O SUS INSTITUCIONES TIENEN PARTICIPACIÓN O QUE RECIBEN SUBVENCIÓN - Artículo 15. Las disposiciones de esta ley también serán aplicables a las denuncias por...
- Artículo 16. La denuncia a través del Canal también podrá realizarse en contra de las...
- Artículo 17. El trabajador regido por el Código del Trabajo que haya sufrido represalias...
- TÍTULO VI
DISPOSICIONES ADECUATORIAS - Artículo 18. Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.834, sobre...
- Artículo 19. Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 18.883, que aprueba...
- Artículo 20. Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Procesal Penal: 1....
- Artículo 21. Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Penal: 1....
- Artículo 22. Intercálase en el inciso tercero del artículo 485 del Código del Trabajo,...
Mejores juristas
y por que a la locomocion colectiva no le piden sillas de niño para trasportar a los pasajeros y si a los autos particulares si todos estan expuestos a algun acc de transito
la vivienda social a construir con el ds49 superara el valor de 1000 u.f. a que se refiere el art. 55 LGUC.
queda vigente el IFC que autorizo por art. 55 LGUC ?
Se anula el IFC autorizado ?
Para validar "la circunstancia de hallarse en su entero juicio", ¿está establecido que el médico evaluador debe ser de alguna especialidad determinada? Leí en algunos artículos que solo podían ser geriatra, neurólogo o psiquiatra, pero luego, a contar del 2021, se desestimó ese requisito. ¿Podrían indicarme a qué medico o profesional de la salud mental, se puede recurrir?
Estimad@, en dicho caso debe tramitar patente de oficina virtual, la que debe solicitar en la comuna donde haya declarado su casa matriz ante el SII (no necesariamente la misma de la escritura de constitución). Dicha patente grava su actividad con el artículo 24° de la Ley N° 3.063 e incluye el derecho de aseo. Si existe otra patente en la misma dirección que ya paga el aseo, debe solicitar que no se le cobre este monto.
Saludos!
hola buen día, existe norma expresa que autorice la ampliación de un embargo a los bienes del conyuge? si no son suficientes los bienes del marido deudor
Publique la información de sí mismo
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