< Establece asignación de productividad para el personal de planta y a contrata del servicio de registro civil e identificación

Establece asignación de productividad para el personal de planta y a contrata del servicio de registro civil e identificación Artículo 3 Chile


Establece asignación de productividad para el personal de planta y a contrata del servicio de registro civil e identificación
Artículo 3.

El otorgamiento de esta asignación se sujetará a las reglas siguientes:

a) Se concederá en función del cumplimiento de las metas establecidas para cada una de las Direcciones Regionales y en el Nivel Central del Servicio, y se determinará en relación con el grado de cumplimiento de las metas anuales fijadas de acuerdo al procedimiento contemplado en los literales siguientes.

Para efectos de esta ley se entenderá por Nivel Central del Servicio a la Dirección Nacional y las subdirecciones, departamentos y demás unidades dependientes de aquélla.

b) El Subsecretario de Justicia fijará una programación estratégica para el Servicio, la cual deberá considerar para su formulación el programa de mejoramiento de la gestión a que se refiere el artículo 6° de la ley N°19.553; los resultados del índice de satisfacción neta de los usuarios a que se refiere la ley N°20.342; las prioridades del Gobierno y de la Subsecretaría de Justicia; la planificación del Servicio y su presupuesto.

La programación estratégica, que podrá tener una vigencia superior a un año, deberá ser aprobada mediante decreto expedido bajo la fórmula "por orden del Presidente de la República", por intermedio del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

c) El Servicio, sobre la base de la programación estratégica, propondrá al Subsecretario de Justicia indicadores o instrumentos de similar naturaleza, metas anuales y mecanismos de verificación de los mismos.

d) El Subsecretario de Justicia fijará los indicadores o instrumentos de similar naturaleza y metas anuales que deberán cumplir cada una de las Direcciones Regionales y el Nivel Central del Servicio, como asimismo sus instrumentos de control y evaluación, todo lo cual deberá ser aprobado anualmente mediante decreto expedido bajo la fórmula "por orden del Presidente de la República", por intermedio del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Para tales efectos, el Subsecretario de Justicia podrá considerar la propuesta señalada en la letra anterior.

e) La evaluación del cumplimiento de las metas será efectuada por evaluadores externos al Servicio.

La contratación de dichos evaluadores se efectuará por la Subsecretaría de Justicia a través del procedimiento dispuesto en la ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, y será de su cargo. Del mismo modo, se podrán realizar auditorías selectivas a las bases de datos, procesos de trabajos y procedimientos que permitan verificar la información proporcionada por el Servicio, a través de evaluadores externos que serán contratados por la Subsecretaría de Justicia del modo antes señalado. Dicha Subsecretaría sólo podrá realizar observaciones técnicas al informe de evaluación de cumplimiento de metas realizado por un evaluador externo.

f) El grado de cumplimiento de las metas para el pago de la asignación se medirá de modo separado para cada Dirección Regional y para el Nivel Central del Servicio, correspondiendo a cada una de ellas un pago de la asignación en función de su respectivo nivel de cumplimiento.

g) Un decreto expedido bajo la fórmula "por orden del Presidente de la República", por intermedio del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, señalará el nivel de cumplimiento para el pago de la asignación en cada Dirección Regional y el Nivel Central que se hubiere alcanzado anualmente.

h) Los resultados de la evaluación serán publicados en el sitio electrónico del Servicio y, asimismo, incluidos en la cuenta pública institucional a nivel regional y en el Balance de Gestión Institucional.

i) El nivel de cumplimiento de las metas establecidas para el año precedente dará derecho al pago de la asignación en los porcentajes que a continuación se indica:

Grado de Cumplimiento Porcentaje de la Asignación, respecto de la

asignación máxima anual Menos de 75% 0% Entre 75% y menos de 80% Entre 80% y menos de 85% Entre 85% y menos de 90% 90% o más 100%



Chile Art. 3 Establece asignación de productividad para el personal de planta y a contrata del servicio de registro civil e identificación
Artículo 1 2 3 4 5 6
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.




Este artículo (19 de la ley 16271), ¿deroga las exenciones del artículo 2 para el pago de los impuestos y convierte en donaciones de poca monta del art. 18 N°2 que supuestamente no serían válidas entre el primer y cuarto grado de parentesco haciéndolas válidas hasta como 100 UF mensuales y/o menos e eximiéndolas de la insinuación?

Este artículo (19 de la ley 16271) ¿también deroga los incisos finales de los artículos 1188, 1198 del código civil y todo el artículo 1398 del mismo texto legal?

Todo ésto refundido en el DFL-1 30-MAY-2000

Son claves las reglas de los artículos 19 al 24 del código civil.

Estaré atento a sus comentarios.

Muchas gracias.



Un sujeto había cometido un robo con intimidación en una avenida del sector oriente de la capital, cuando es divisado por un motorista de Carabineros que circulaba por los alrededores del lugar. Este sujeto al ver la presencia policial emprende la huida y es seguido por el funcionario en su moto hasta que el imputado llega a una residencia, saltando la pared e ingresando en ella. El Carabinero, al llegar la residencia en donde saltó el imputado, y se percata que hay una bandera de otro país, y una placa metálica que señala que corresponde a la residencia del Embajador de Argentina en Chile.

 El funcionario policial, al estar en persecución del delincuente, decide saltar la pared e ingresar igualmente. Una vez en el lugar se pudo percatar que el imputado había seguido huyendo saltando hacia otra propiedad. El encargado del lugar se encuentra con el Carabinero, a quien le pide salga de la residencia diplomática.

 PREGUNTA:

Teniendo en consideración lo previsto en el artículo 129 inciso final, artículo 205, 206 y 210 del Código Procesal Penal.

 ¿Era correcto aplicar el inciso final del artículo 129 del CPP o debía regirse por el artículo 210 y adoptar medidas de vigilancia?, o ¿puede requerir la autorización del encargado del local de conformidad al artículo 205 del CPP?



Hola; si un delito es producido en un país, pero causa sus efectos en otro, hay 3 teorías que pretenden solucionar el problema

La teoría de la acción, o sea, donde se ejecuta la conducta, más allá, de donde se produzca el resultado; La teoría del resultado, por el contrario, lo importante es donde se produce el efecto. Y, por último, la teoría de la ubicuidad. En la cual, en definitiva, son competentes tanto el país en el que se da la ejecución del hecho, como aquel en el cual se producen los resultados. Cualquiera de ellos puede conocer el delito. Siempre considerando el principio non bis in ídem. Es decir, no puede ser condenado 2 veces por la misma conducta.



Soy estudiante de derecho (2do año)

una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse