Crea las universidades estatales de la región de o'higgins y de la región de aysén Chile
Crea las universidades estatales de la región de o'higgins y de la región de aysén
- Título I
De las Universidades de O'Higgins y de Aysén - Artículo 1. Créase la Universidad de O'Higgins, como persona jurídica de derecho público...
- Artículo 2. Créase la Universidad de Aysén, como persona jurídica de derecho público...
- Título II
Disposiciones Comunes - Artículo 3. Cada vez que en la presente ley se utilicen las expresiones "la universidad"...
- Artículo 4. La Universidad de O'Higgins y la Universidad de Aysén son instituciones de...
- Artículo 5. Son principios que orientan el quehacer de la universidad la libertad de...
- Artículo 6. En el cumplimiento de sus funciones, la universidad podrá otorgar todo tipo...
- Artículo 7. El rector de la universidad es su máxima autoridad y su representante legal,...
- Artículo 8. El patrimonio de la universidad estará constituido por: a) Los aportes...
- Artículo 9. El personal de la universidad tendrá la calidad de empleado público y se...
- Artículo 10. Serán académicos de la universidad quienes tengan un nombramiento vigente y...
- Artículo 11. La universidad estará exenta de cualquier impuesto, contribución, tasa,...
- Título III
Disposiciones Finales - Artículo 12. Intercálase en el inciso primero del artículo 99 de la ley Nº18.681, entre...
- Artículo 13. Reemplázanse, en el artículo primero del decreto con fuerza de ley Nº4, de...
Otras regulaciones
Introduce modificaciones a la ley sobre impuesto a la renta, contenidas en el d. S. N. 2.106 de 15 de marzo del presente ano Suspende las evaluaciones de los profesionales de la educación durante el año 2022 y modifica las normas que indica Sobre seguridad privada Establece sistema obligatorio de clasificacion de ganado, tipificacion y nomenclatura de sus carnes y regula funcionamiento de mataderos, frigorificos y establecimientos de la industria de la carne Prorroga la vigencia de la ley nº 20.867, en los términos que indicaMejores juristas
Este artículo (19 de la ley 16271), ¿deroga las exenciones del artículo 2 para el pago de los impuestos y convierte en donaciones de poca monta del art. 18 N°2 que supuestamente no serían válidas entre el primer y cuarto grado de parentesco haciéndolas válidas hasta como 100 UF mensuales y/o menos e eximiéndolas de la insinuación?
Este artículo (19 de la ley 16271) ¿también deroga los incisos finales de los artículos 1188, 1198 del código civil y todo el artículo 1398 del mismo texto legal?
Todo ésto refundido en el DFL-1 30-MAY-2000
Son claves las reglas de los artículos 19 al 24 del código civil.
Estaré atento a sus comentarios.
Muchas gracias.
Un sujeto había cometido un robo con intimidación en una avenida del sector oriente de la capital, cuando es divisado por un motorista de Carabineros que circulaba por los alrededores del lugar. Este sujeto al ver la presencia policial emprende la huida y es seguido por el funcionario en su moto hasta que el imputado llega a una residencia, saltando la pared e ingresando en ella. El Carabinero, al llegar la residencia en donde saltó el imputado, y se percata que hay una bandera de otro país, y una placa metálica que señala que corresponde a la residencia del Embajador de Argentina en Chile.
El funcionario policial, al estar en persecución del delincuente, decide saltar la pared e ingresar igualmente. Una vez en el lugar se pudo percatar que el imputado había seguido huyendo saltando hacia otra propiedad. El encargado del lugar se encuentra con el Carabinero, a quien le pide salga de la residencia diplomática.
PREGUNTA:
Teniendo en consideración lo previsto en el artículo 129 inciso final, artículo 205, 206 y 210 del Código Procesal Penal.
¿Era correcto aplicar el inciso final del artículo 129 del CPP o debía regirse por el artículo 210 y adoptar medidas de vigilancia?, o ¿puede requerir la autorización del encargado del local de conformidad al artículo 205 del CPP?
Hola; si un delito es producido en un país, pero causa sus efectos en otro, hay 3 teorías que pretenden solucionar el problema
La teoría de la acción, o sea, donde se ejecuta la conducta, más allá, de donde se produzca el resultado; La teoría del resultado, por el contrario, lo importante es donde se produce el efecto. Y, por último, la teoría de la ubicuidad. En la cual, en definitiva, son competentes tanto el país en el que se da la ejecución del hecho, como aquel en el cual se producen los resultados. Cualquiera de ellos puede conocer el delito. Siempre considerando el principio non bis in ídem. Es decir, no puede ser condenado 2 veces por la misma conducta.
Soy estudiante de derecho (2do año)
una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?
buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada
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