< Ley nº 15.840, de 1964 y del dfl. nº 206, de 1960

Ley nº 15.840, de 1964 y del dfl. nº 206, de 1960 Artículo 59 Chile


Ley nº 15.840, de 1964 y del dfl. nº 206, de 1960
Artículo 59.

Los Secretarios Regionales Ministeriales se regirán por todas las disposiciones generales y especiales vigentes para los funcionarios del Ministerio de Obras Públicas, sin perjuicio de lo establecido en el Decreto Ley Nº 575, de 1974.



Chile Art. 59 Ley nº 15.840, de 1964 y del dfl. nº 206, de 1960
Artículo 1 ...57 58 59 60 61 ...117
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

existen variantes segun este mismo artículo del codigo civil. -






En Chile se dice BUENOS DÍAS, dejemos de incorporar basura extranjera en nuestro lenguaje.



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse