< Ley de presupuestos del sector público correspondiente al año 2017

Ley de presupuestos del sector público correspondiente al año 2017 Artículo 2 Chile


Ley de presupuestos del sector público correspondiente al año 2017
Artículo 2.

Apruébanse los Ingresos Generales de la Nación y los Aportes Fiscales en moneda nacional y en moneda extranjera convertida a dólares, para el año 2017, a las Partidas que se indican:

INGRESOS GENERALES DE LA NACIÓN: Miles de $ IMPUESTOS 30.845.500.779 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 41.186.227 RENTAS DE LA PROPIEDAD 253.039.984 INGRESOS DE OPERACIÓN 17.511.333 OTROS INGRESOS CORRIENTES 344.275.079 VENTA DE ACTIVOS NO FINANCIEROS VENTA DE ACTIVOS FINANCIEROS 2.604.155.220 RECUPERACIÓN DE PRÉSTAMOS 10 TRANSFERENCIAS PARA GASTOS DE CAPITAL 421.183.496 ENDEUDAMIENTO 6.300.000.000 SALDO INICIAL DE CAJA 5.000.000

TOTAL INGRESOS 40.832.184.424

APORTE FISCAL: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA CONGRESO NACIONAL PODER JUDICIAL 528.807.304 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA 2.633.088.212 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES 78.199.144 MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO MINISTERIO DE HACIENDA MINISTERIO DE EDUCACIÓN MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL 1.118.674.283 MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS MINISTERIO DE AGRICULTURA MINISTERIO DE BIENES NACIONALES MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL MINISTERIO DE SALUD MINISTERIO DE MINERÍA MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES 954.275.621 MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL MINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

MINISTERIO PÚBLICO MINISTERIO DE ENERGÍA MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE MINISTERIO DEL DEPORTE MINISTERIO DE LA MUJER Y LA EQUIDAD DE GÉNERO SERVICIO ELECTORAL Programas Especiales del Tesoro Público: SUBSIDIOS 1.117.965.074 OPERACIONES COMPLEMENTARIAS 3.545.082.228 SERVICIO DE LA DEUDA PÚBLICA 2.203.659.397 FONDO DE RESERVA DE PENSIONES FONDO DE ESTABILIZACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL FONDO PARA LA EDUCACIÓN 30 FONDO DE APOYO REGIONAL FONDO PARA DIAGNÓSTICOS Y TRATAMIENTOS DE ALTO COSTO

TOTAL APORTES 40.832.184.424



Chile Art. 2 Ley de presupuestos del sector público correspondiente al año 2017
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Los nuevos comentarios en el sitio web

Este artículo (19 de la ley 16271), ¿deroga las exenciones del artículo 2 para el pago de los impuestos y convierte en donaciones de poca monta del art. 18 N°2 que supuestamente no serían válidas entre el primer y cuarto grado de parentesco haciéndolas válidas hasta como 100 UF mensuales y/o menos e eximiéndolas de la insinuación?

Este artículo (19 de la ley 16271) ¿también deroga los incisos finales de los artículos 1188, 1198 del código civil y todo el artículo 1398 del mismo texto legal?

Todo ésto refundido en el DFL-1 30-MAY-2000

Son claves las reglas de los artículos 19 al 24 del código civil.

Estaré atento a sus comentarios.

Muchas gracias.



Un sujeto había cometido un robo con intimidación en una avenida del sector oriente de la capital, cuando es divisado por un motorista de Carabineros que circulaba por los alrededores del lugar. Este sujeto al ver la presencia policial emprende la huida y es seguido por el funcionario en su moto hasta que el imputado llega a una residencia, saltando la pared e ingresando en ella. El Carabinero, al llegar la residencia en donde saltó el imputado, y se percata que hay una bandera de otro país, y una placa metálica que señala que corresponde a la residencia del Embajador de Argentina en Chile.

 El funcionario policial, al estar en persecución del delincuente, decide saltar la pared e ingresar igualmente. Una vez en el lugar se pudo percatar que el imputado había seguido huyendo saltando hacia otra propiedad. El encargado del lugar se encuentra con el Carabinero, a quien le pide salga de la residencia diplomática.

 PREGUNTA:

Teniendo en consideración lo previsto en el artículo 129 inciso final, artículo 205, 206 y 210 del Código Procesal Penal.

 ¿Era correcto aplicar el inciso final del artículo 129 del CPP o debía regirse por el artículo 210 y adoptar medidas de vigilancia?, o ¿puede requerir la autorización del encargado del local de conformidad al artículo 205 del CPP?



Hola; si un delito es producido en un país, pero causa sus efectos en otro, hay 3 teorías que pretenden solucionar el problema

La teoría de la acción, o sea, donde se ejecuta la conducta, más allá, de donde se produzca el resultado; La teoría del resultado, por el contrario, lo importante es donde se produce el efecto. Y, por último, la teoría de la ubicuidad. En la cual, en definitiva, son competentes tanto el país en el que se da la ejecución del hecho, como aquel en el cual se producen los resultados. Cualquiera de ellos puede conocer el delito. Siempre considerando el principio non bis in ídem. Es decir, no puede ser condenado 2 veces por la misma conducta.



Soy estudiante de derecho (2do año)

una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?



buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada



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