< Código Procesal Penal

CPP Artículo 391 Chile


Código Procesal Penal
Artículo 391.

Contenido del requerimiento. El requerimiento deberá contener:

a) La individualización del imputado;

b) Una relación sucinta del hecho que se le atribuyere, con indicación del tiempo y lugar de comisión y demás circunstancias relevantes;

c) La cita de la disposición legal infringida;

d) La exposición de los antecedentes o elementos que fundamentaren la imputación;

e) La pena solicitada por el requirente, y

f) La individualización y firma del requirente.

Si el fiscal solicita la aplicación del comiso de ganancias o del comiso por valor equivalente de bienes o instrumentos, deberá indicar su monto aproximado y expresar con claridad y precisión los fundamentos de su solicitud, exponiendo los antecedentes o elementos en los que ella se basa.



Chile Art. 391 Código Procesal Penal
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