Establece las bases generales para la autorizacion, funcionamiento y fiscalizacion de casinos de juego Chile
Establece las bases generales para la autorizacion, funcionamiento y fiscalizacion de casinos de juego
- TITULO I
Disposiciones generales - Artículo 1. La autorización, funcionamiento, administración y fiscalización de los...
- Artículo 2. Corresponde al Estado determinar, en los términos previstos en esta ley, los...
- Artículo 3. Para los efectos de esta ley, se entenderá por: a) Juegos de Azar:...
- TITULO II De los juegos, apuestas y servicios anexos
- Artículo 4. Sólo se podrán desarrollar los juegos incorporados oficialmente en el...
- Artículo 5. Los operadores sólo podrán explotar los juegos de azar que esta ley y sus...
- Artículo 6. Los operadores sólo podrán utilizar las máquinas e implementos de juegos de...
- Artículo 7. Las apuestas sólo se realizarán mediante fichas u otros instrumentos...
- Artículo 8. El reglamento respectivo regulará el funcionamiento de las salas de juego y...
- Artículo 9. No podrán ingresar a las salas de juego o permanecer en ellas: a) Los...
- Artículo 10. No podrán, por sí o por interpósita persona, efectuar bajo circunstancia...
- Artículo 11. El reglamento establecerá los servicios anexos que pueden prestarse en los...
- TITULO III De los establecimientos y el personal
- Artículo 12. Los casinos de juego autorizados sólo podrán funcionar en el establecimiento...
- Artículo 13. El establecimiento respectivo podrá ser de propiedad de la sociedad...
- Artículo 14. Corresponderá a la Superintendencia fiscalizar el cumplimiento de los...
- Artículo 15. El personal del casino de juego no podrá, por sí o por interpósita persona,...
- TITULO IV
Del permiso de operación
Párrafo 1º
Del otorgamiento - Artículo 16. Podrán autorizarse y funcionar sólo hasta 24 casinos de juego en el...
- Artículo 17. Podrán optar a permiso de operación para un casino de juego sólo sociedades...
- Artículo 18. Los accionistas de las sociedades operadoras podrán ser personas naturales o...
- Artículo 19. Las solicitudes de permisos de operación o de renovaciones de los mismos...
- Artículo 20. La oferta técnica deberá contener y acompañar, en su caso, a lo menos: a)...
- Artículo 21. La Superintendencia tendrá facultades para investigar los antecedentes en...
- Artículo 21 BIS. Se considerarán como únicas causales para que la sociedad solicitante no...
- Artículo 22. Respecto de cada solicitud de operación que se presente, la Superintendencia...
- Artículo 23. Junto con el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos...
- Artículo 24. Eliminado
- Artículo 25. Para obtener un permiso de operación se debe alcanzar, al menos, el 60% de...
- Artículo 26. La resolución que otorgue, deniegue o renueve el permiso de operación de un...
- Artículo 26 BIS. Si como consecuencia de una resolución que otorga un permiso de operación se...
- Artículo 27. La resolución que otorgue o renueve un permiso de operación deberá contener,...
- Artículo 27 BIS. En contra de las resoluciones de evaluación y otorgamiento, denegación o...
- Artículo 28. La sociedad deberá desarrollar el proyecto integral autorizado dentro del...
- Artículo 29. El permiso de operación habilitará la explotación del casino de juego...
- Párrafo 2°
De la extinción y revocación - Artículo 30. El permiso de operación se extinguirá por alguna de las siguientes causales:...
- Artículo 31. El permiso de operación podrá ser revocado por cualquiera de las siguientes...
- Artículo 32. El Superintendente iniciará el procedimiento de revocación cuando considere...
- Artículo 33. El operador podrá efectuar los descargos que crea oportuno dentro del plazo...
- Artículo 34. La resolución de revocación deberá ser fundada y se pronunciará sobre todos...
- TITULO V
De la Superintendencia de Casinos de Juego
Párrafo 1°
Naturaleza, estructura y funciones - Artículo 35. Créase la Superintendencia de Casinos de Juego, organismo autónomo, con...
- Artículo 36. Corresponderá a la Superintendencia supervigilar y fiscalizar el...
- Artículo 37. La Superintendencia tendrá las siguientes funciones y atribuciones: 1.-...
- Artículo 38. La Superintendencia de Casinos de Juego contará con un Consejo Resolutivo,...
- Párrafo 2°
Del patrimonio - Artículo 39. El patrimonio de la Superintendencia estará constituido por los bienes...
- Párrafo 3°
De la organización - Artículo 40. El Superintendente de Casinos de Juego será un funcionario de la exclusiva...
- Artículo 41. Establécese la siguiente planta de personal de la Superintendencia:...
- Artículo 42. Corresponderá al Superintendente: 1.- Dirigir y organizar el...
- TITULO VI De la fiscalización, infracciones, delitos y sanciones
Párrafo 1°
De la fiscalización - Artículo 43. Los funcionarios de la Superintendencia habilitados como fiscalizadores...
- Artículo 44. Las sanciones establecidas en el presente Título se entienden sin perjuicio...
- Párrafo 2°
De las infracciones - Artículo 45. No se podrán desarrollar y explotar los juegos de azar que la presente ley...
- Artículo 46. Las infracciones de esta ley, de sus reglamentos, y de las instrucciones y...
- Artículo 46 BIS. Serán sancionados con amonestación o multa de quince a doscientas unidades...
- Artículo 47. Serán sancionados con multa de treinta a ciento cincuenta unidades...
- Artículo 48. Serán sancionados con multa de tres a treinta unidades tributarias mensuales...
- Artículo 49. Serán sancionadas con multa de tres a quince unidades tributarias mensuales...
- Artículo 50. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 31, será sancionada con multa...
- Artículo 51. El que manipule, modifique o altere los implementos de los juegos o su...
- Artículo 52. El que utilice máquinas o implementos de juego no autorizados será...
- Artículo 53. El que maliciosamente alterare, destruyere o inutilizare los libros,...
- Artículo 53 BIS. Serán responsables del pago de la multa las sociedades operadoras y,...
- Artículo 54. Si las infracciones establecidas en los artículos precedentes fueren...
- Artículo 55. Los procedimientos administrativos para la aplicación de las sanciones...
- Artículo 56. A las actividades que se realicen de conformidad con esta ley no les serán...
- Artículo 56 BIS. Las acciones de la Superintendencia para imponer las sanciones a las que se...
- TITULO VII
De la afectación - Artículo 57. Sin perjuicio de los impuestos establecidos en la Ley sobre Impuesto a la...
- Artículo 58. Establécese un impuesto de exclusivo beneficio fiscal de un monto...
- Artículo 59. Establécese un impuesto con tasa del 20%, sobre los ingresos brutos que...
- Artículo 60. Los recursos que se recauden por aplicación del impuesto establecido en el...
- Artículo 61. Los impuestos establecidos en los artículos precedentes se sujetarán en todo...
- Artículo 61 BIS. La oferta económica comprometida en la propuesta para optar al permiso de...
- Artículo 61 TER. Si el monto de la oferta económica comprometida por la sociedad operadora no...
- Artículo 62. Deróganse los incisos tercero y cuarto del artículo 2° de la ley N° 18.110.
- Artículo 63. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16, la Superintendencia podrá...
- Artículo 63 BIS. Las naves mercantes mayores extranjeras, con capacidad de pernoctación a...
- Artículo 63 TER. Los operadores extranjeros autorizados de acuerdo al artículo 63 bis,...
- Artículo 64. La autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego en la...
Otras regulaciones
Establece el 15 de agosto de cada año como el día nacional de los trabajadores y las trabajadoras de taxis colectivos Declara feriado el día 2 de octubre de 2017 para la región de los ríos Aprueba el texto refundido de la ley n 6,334, que creo las corporaciones de reconstruccion y auxilio y de fomento a la produccion Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público Establece plantas de la policia de investigaciones de chileMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.
Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.
porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.
Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.
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Andrés Retamales, abogado.
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