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Nombre: Carlos Alfredo Contreras Matus

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Número de teléfono:
Está en el sitio desde: 30-03-20
Ciudad: Santiago
Dirección: Santo Domingo 2068 1a
Costo de las consultas desde: a convenir
Costo por una hora de trabajo: a convenir
Comienzo de la práctica jurídica: 1996
Año de nacimiento: 1956

Los comentarios del abogado Carlos Alfredo Contreras Matus

Nada, la situacion del Pais es una Pandemia a nivel Mundial , que no tiene ninguna relacion con la situacion legal que usted vive, solo le afectara el funcionamiento de los tribunales y oficinas de tribunales, CBR por el tiempo en que vivimos, tendrá que esperar y los trámites deben ser más lentos.


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te puedes acoger al artículo 150 del Código Civil , cuando tienes ingresos propios y cuando trabajas con ingresos propios, llamame si no contesto su inquietud


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diríjase a la Unidad policial mas cercano a su domicilio y presente su solicitud.


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Invitado , lo que refiere el cumplimiento del articulo 506 ter , es el cambio de pena por otra pena sustitutiva. En dinero por penas de servicios o alternativas que ofrece los tribunales del trabajo, como asi mismo, las inspecciones del trabajo sea el caso y la gravedad de estas.


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esto no está, contemplado en Sede Penal sino es un caso de Sede Civil y se aplica otra situación en juicio


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solo en los casos descritos y por el dia , en ocurren los hechos. el tiempo va a depender del hecho ocurrido ejemplo un incendio 1 a 6 horas o más. El arreglo de una máquina que sea indispensable para el trabajo de una empresa podría ser 24 horas seguidas... etc. y deben pagarse como horas extraordinarias o sea 50% mas que la hora normal.


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En todos los casos descritos en el articulo.


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Invitado, el local que usted arrienda es de su Propiedad ? si no lo es, se puede aplicar el artículo en caso contrario contacteme.


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Patricia, revise su finiquito la causal. A cual aludieron , fue despedida,


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Las condiciones de tu contrato se cumplieron, por tanto, pueden poner termino al contrato o renovarlo , no indicas , si este es el primer contrato con este empleador o no...?


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Los nuevos comentarios en el sitio web

¿Es posible para el arrendatario demandar con el fin de obtener la rebaja del precio, en vez de pedir directamente la terminación del contrato de arrendamiento?


lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.


Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.


porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.


Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?


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