Establece un procedimiento simplificado para la regularización de viviendas de autoconstrucción Chile
Establece un procedimiento simplificado para la regularización de viviendas de autoconstrucción
- TÍTULO I
Regularización de Viviendas - Artículo 1. Los propietarios de viviendas que no cuenten con recepción definitiva, total...
- Artículo 2. Los propietarios deberán presentar ante la dirección de obras municipales...
- Artículo 3. El procedimiento regulado por el presente Título podrá ser utilizado por...
- TÍTULO II
Regularización de edificaciones destinadas a Microempresas Inofensivas o Equipamiento Social - Artículo 4. Los propietarios de edificaciones emplazadas en áreas urbanas o rurales,...
- Artículo 5. Para acogerse a los beneficios de este Título, las edificaciones deberán...
- Artículo 6. Los propietarios deberán presentar ante la dirección de obras municipales...
- Artículo 7. Para los efectos de este Título, se entenderá por microempresa toda...
- Artículo 8. La dirección de obras municipales, dentro de los ciento ochenta días hábiles...
- TÍTULO III
Regularización de viviendas financiadas con subsidios para atender la catástrofe del 27 de febrero de 2010 - Artículo 9. Tratándose de viviendas financiadas con subsidios otorgados en llamados...
- Artículo 10. En estos casos los servicios de vivienda y urbanización deberán presentar...
- Artículo 11. El procedimiento previsto en este Título no regularizará las ampliaciones o...
- TÍTULO IV
Disposiciones Generales - Artículo 12. Los directores de obras municipales estarán sujetos a las responsabilidades...
- Artículo 13. Los profesionales que certifiquen el cumplimiento de las normas de...
- Artículo 14. Sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos establecidos en los Títulos...
- Artículo 15. Facúltase al Ministerio de Vivienda y Urbanismo para otorgar subsidios e...
- Artículo 16. Corresponderá al Ministerio de Vivienda y Urbanismo, a través de la División...
Otras regulaciones
Autoriza la capitalización del banco del estado de chile con el objeto de cumplir con las exigencias de basilea iii Establece el Dia nacional de la ciencia y la tecnologia Crea la defensoria penal publica Establece un régimen de limitación de responsabilidad para titulares o usuarios de tarjetas de pago y transacciones electrónicas en caso de extravío, hurto, robo o fraude. Organica constitucional sobre votaciones populares y escrutiniosMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
Un sujeto había cometido un robo con intimidación en una avenida del sector oriente de la capital, cuando es divisado por un motorista de Carabineros que circulaba por los alrededores del lugar. Este sujeto al ver la presencia policial emprende la huida y es seguido por el funcionario en su moto hasta que el imputado llega a una residencia, saltando la pared e ingresando en ella. El Carabinero, al llegar la residencia en donde saltó el imputado, y se percata que hay una bandera de otro país, y una placa metálica que señala que corresponde a la residencia del Embajador de Argentina en Chile.
El funcionario policial, al estar en persecución del delincuente, decide saltar la pared e ingresar igualmente. Una vez en el lugar se pudo percatar que el imputado había seguido huyendo saltando hacia otra propiedad. El encargado del lugar se encuentra con el Carabinero, a quien le pide salga de la residencia diplomática.
PREGUNTA:
Teniendo en consideración lo previsto en el artículo 129 inciso final, artículo 205, 206 y 210 del Código Procesal Penal.
¿Era correcto aplicar el inciso final del artículo 129 del CPP o debía regirse por el artículo 210 y adoptar medidas de vigilancia?, o ¿puede requerir la autorización del encargado del local de conformidad al artículo 205 del CPP?
Hola; si un delito es producido en un país, pero causa sus efectos en otro, hay 3 teorías que pretenden solucionar el problema
La teoría de la acción, o sea, donde se ejecuta la conducta, más allá, de donde se produzca el resultado; La teoría del resultado, por el contrario, lo importante es donde se produce el efecto. Y, por último, la teoría de la ubicuidad. En la cual, en definitiva, son competentes tanto el país en el que se da la ejecución del hecho, como aquel en el cual se producen los resultados. Cualquiera de ellos puede conocer el delito. Siempre considerando el principio non bis in ídem. Es decir, no puede ser condenado 2 veces por la misma conducta.
Soy estudiante de derecho (2do año)
una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?
buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada
La jornada ordinaria de trabajo no debe superar las 180 horas mensuales; lo que resulta como mínimo legal a pagar por el empleador (aún trabajado menos) y todo lo que supere las 180 es hora (precio) extra.
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