Ley organica del servicio de impuestos internos y adecua disposiciones legales que señala Artículo 23 Chile
Ley organica del servicio de impuestos internos y adecua disposiciones legales que señala
Artículo 23.
Los funcionarios pertenecerán a la planta del Servicio o se desempeñarán en calidad de contratados.
Son funcionarios de planta aquellos que sirven cargos consultados en la organización estable del Servicio con carácter de permanente.
Son funcionarios contratados o a contrata aquellos que se desempeñan en forma transitoria, debiendo asimilárseles a un cargo de planta y, en consecuencia, les corresponderá la remuneración asignada a ese cargo.
La duración de los contratos de los funcionarios a que se refiere el inciso anterior, será la que se indique en el respectivo contrato, sin que se aplique lo dispuesto en el artículo 6° del D.F.L. N° 338, de 1960.
Las personas que desempeñen empleos de planta podrán tener la calidad de titulares, suplentes o subrogantes.
La subrogación determinada por el Director mediante resolución operará automáticamente y regirá a su respecto el derecho establecido en el inciso final del artículo 23° del D.F.L. N° 338, de 1960.
Chile Art. 23 Ley organica del servicio de impuestos internos y adecua disposiciones legales que señala
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lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.
Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.
porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.
Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.
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Andrés Retamales, abogado.
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Ley organica del servicio de impuestos internos y adecua disposiciones legales que señala Artículo 19. Fija normas sobre remuneraciones y sobre personal para el sector publico Artículo 8. Ley marco de cambio climático Artículo 12. Planes de Acción Comunal de Cambio Climático Crea el sistema nacional de certificación de competencias laborales y perfecciona el estatuto de capacitación y empleo Artículo 19. Fija normas sobre remuneraciones y sobre personal para el sector publico Artículo 28.Publique la información de sí mismo
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