Establece incentivos para el desarrollo economico de las regiones de aysen y de magallanes, y de la provincia de palena Chile
Establece incentivos para el desarrollo economico de las regiones de aysen y de magallanes, y de la provincia de palena
- CAPITULO I
Del Crédito Tributario - Artículo 1. Los contribuyentes que declaren el impuesto de Primera Categoría de la Ley...
- Artículo 1 BIS. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, los contribuyentes...
- Artículo 2. El crédito establecido en el artículo 1º se deducirá del impuesto de Primera...
- Artículo 3. Para los efectos de acceder al crédito establecido en el artículo 1°, el...
- Artículo 4. El beneficiario no podrá destinar ninguno de los bienes incorporados a su...
- Artículo 5. Los bienes muebles comprendidos en la inversión que sirvió de base para el...
- Artículo 6. No tendrán derecho al crédito los contribuyentes que, a la fecha de...
- Artículo 7. La utilización de antecedentes falsos o inexactos para impetrar el beneficio...
- Artículo 8. Todas aquellas personas condenadas por los delitos contemplados en la ley...
- Artículo 9. Las empresas o beneficiarios del Capítulo I de esta ley deberán presentar un...
- CAPITULO II
De la concesión onerosa de inmuebles fiscales - Artículo 10. Introdúcense las siguientes modificaciones en el decreto ley N° 1.939,...
- CAPITULO III
Párrafo 1º
Disposiciones Varias - Artículo 11. Reemplázase el inciso primero del artículo 1º de la ley N° 19.275, por el...
- Artículo 12. En el inciso primero del artículo 1º de la ley Nº 18.392, elimínase la...
- Párrafo 2°
Becas Ley N° 18.681 - Artículo 13. Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 56 de la ley N°...
- Párrafo 3°
Otras Normas Tributarias - Artículo 14. Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 36 del decreto ley...
- Artículo 15. Derógase el impuesto adicional establecido en la letra g) del artículo 37...
- Artículo 16. El mayor gasto que importe la aplicación de esta ley durante el año 1999, se...
Otras regulaciones
Establece un régimen de limitación de responsabilidad para titulares o usuarios de tarjetas de pago y transacciones electrónicas en caso de extravío, hurto, robo o fraude. Ley que establece el sistema de elecciones primarias para la nominación de candidatos a presidente de la república, parlamentarios, gobernadores regionales y alcaldes Crea el servicio nacional de protección especializada a la niñez y adolescencia y modifica normas legales que indica Crea el plan de formación ciudadana para los establecimientos educacionales reconocidos por el estado Organica constitucional del congreso nacionalMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
Un sujeto había cometido un robo con intimidación en una avenida del sector oriente de la capital, cuando es divisado por un motorista de Carabineros que circulaba por los alrededores del lugar. Este sujeto al ver la presencia policial emprende la huida y es seguido por el funcionario en su moto hasta que el imputado llega a una residencia, saltando la pared e ingresando en ella. El Carabinero, al llegar la residencia en donde saltó el imputado, y se percata que hay una bandera de otro país, y una placa metálica que señala que corresponde a la residencia del Embajador de Argentina en Chile.
El funcionario policial, al estar en persecución del delincuente, decide saltar la pared e ingresar igualmente. Una vez en el lugar se pudo percatar que el imputado había seguido huyendo saltando hacia otra propiedad. El encargado del lugar se encuentra con el Carabinero, a quien le pide salga de la residencia diplomática.
PREGUNTA:
Teniendo en consideración lo previsto en el artículo 129 inciso final, artículo 205, 206 y 210 del Código Procesal Penal.
¿Era correcto aplicar el inciso final del artículo 129 del CPP o debía regirse por el artículo 210 y adoptar medidas de vigilancia?, o ¿puede requerir la autorización del encargado del local de conformidad al artículo 205 del CPP?
Hola; si un delito es producido en un país, pero causa sus efectos en otro, hay 3 teorías que pretenden solucionar el problema
La teoría de la acción, o sea, donde se ejecuta la conducta, más allá, de donde se produzca el resultado; La teoría del resultado, por el contrario, lo importante es donde se produce el efecto. Y, por último, la teoría de la ubicuidad. En la cual, en definitiva, son competentes tanto el país en el que se da la ejecución del hecho, como aquel en el cual se producen los resultados. Cualquiera de ellos puede conocer el delito. Siempre considerando el principio non bis in ídem. Es decir, no puede ser condenado 2 veces por la misma conducta.
Soy estudiante de derecho (2do año)
una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?
buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada
La jornada ordinaria de trabajo no debe superar las 180 horas mensuales; lo que resulta como mínimo legal a pagar por el empleador (aún trabajado menos) y todo lo que supere las 180 es hora (precio) extra.
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