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Nombre: Carlos Alfredo Contreras Matus

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Número de teléfono:
Está en el sitio desde: 30-03-20
Ciudad: Santiago
Dirección: Santo Domingo 2068 1a
Costo de las consultas desde: a convenir
Costo por una hora de trabajo: a convenir
Comienzo de la práctica jurídica: 1996
Año de nacimiento: 1956

Los comentarios del abogado Carlos Alfredo Contreras Matus

Las auto asignaciones solo podrán otorgarse basado en la resolución del tribunal, en caso contrario, seria una actuación ultra petita que estaría , fuera de todo lo estipulado por el tribunal, esto debe ser visto por el tribunal con la presencia de todos los comuneros.

Ademas, si no están, cumpliendo lo ordenado por el tribunal estaríamos frente a una falta grave, debe ser denunciada al tribunal.


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Los clientes están autorizados para consumir en un local comercial de comida, solamente lo que la Patente Comercial autoriza, si esta no tiene patente de alcohol , no puede descorchar , destapar una bebida alcohólica en el establecimiento, so pena de multa y clausura de local.


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Lamentablemente NO, solo debe llegar a un arreglo con su arrendador , quizás a una rebaja del canon de arriendo o aplazar el pago y llevarlo en porcentaje en los meses venideros. o simplemente dejar el local .


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en las hipotecas hay que distinguir, si es especifica terminada la deuda solo queda pedir el alzamiento y usted puede Vender, traspasar o donar la propiedad. En cambio cuando la Hipoteca es general, los bancos e instituciones financieras usan como garantía general de todos los productos del banco que usted podría tener.


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Habría que tener mas información para tener que dar una respuesta , consulte con su abogado y si no lo tiene busque uno.


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Si , efectivamente , los feriados deben ser con recargo del valor diario normal


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este articulo 150 C.C. es muy importante para la mujer que trabaja al momento de comprar una propiedad, si usted acogida o no , se debe revisar la Escritura de Propiedad.


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Si, se debe entender como Marco Legal .


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cuando nos referimos a la soberanía en la constitución y en específico en este artículo, estamos hablando de los Derechos esenciales que tienen un ciudadano de ELEGIR Y SER ELEGIDO para cualquier cargo de elección Popular.

Ejemplo :Presidente,Senador, Diputado, Alcalde,


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Carabineros de Chile, debe recibir toda denuncia o una constancia que un ciudadano haga , es su obligación ; no solo puede denunciar en carabineros también lo puede hacer en JUZGADO DE POLICÍA LOCAL ingresando una demanda.


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Los nuevos comentarios en el sitio web

lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.


Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.


porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.


Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?


Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.



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