Regula a las aplicaciones de transporte remunerado de pasajeros y los servicios que a través de ellas se presten Chile
Regula a las aplicaciones de transporte remunerado de pasajeros y los servicios que a través de ellas se presten
- TÍTULO I
DE LAS EMPRESAS DE APLICACIÓN DE TRANSPORTES Y SU REGISTRO - Artículo 1. Se denominará empresa de aplicación de transportes, en adelante también e...
- Artículo 2. Créase un registro electrónico que contendrá la nómina de las empresas de...
- Artículo 3. El Registro a que se refiere el artículo anterior será de consulta pública....
- TÍTULO II
DE LOS REQUISITOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO - Artículo 4. Para prestar servicios de transporte remunerado de pasajeros, las empresas...
- Artículo 5. Las empresas de aplicación de transportes inscritas en el Registro deberán...
- Artículo 6. Los conductores de los vehículos adscritos a una EAT deberán poseer licencia...
- Artículo 7. Los vehículos que operen con aplicaciones inscritas por las empresas de...
- Artículo 8. Los taxis en cualquiera de sus modalidades, con excepción de la de taxi...
- Artículo 9. Prohíbese a las EAT realizar servicios de carácter compartido, esto es,...
- TÍTULO III
DE LA GESTIÓN Y TRATAMIENTO DE LA INFORMACIÓN - Artículo 10. Las empresas de aplicación de transportes deberán registrar y mantener a...
- TÍTULO IV
DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES - Artículo 11. Las empresas de aplicación de transportes y los conductores, según...
- Artículo 12. Las empresas de aplicación de transportes que incurran en alguna de las...
- Artículo 13. Las empresas o conductores que alteren de cualquier forma el mecanismo de...
- Artículo 14. El conductor de un vehículo que realice servicios de transporte menor...
- Artículo 15. Constituirá una presunción de la realización de las infracciones...
- TÍTULO V
OTRAS DISPOSICIONES - Artículo 16. Los actos y contratos que celebren los pasajeros mediante las plataformas de...
- Artículo 17. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá establecer...
- Artículo 18. El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones evaluará anualmente las...
- Artículo 19. Las empresas de aplicación de transportes podrán solicitar a la...
Otras regulaciones
Aplica convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de flora y fauna silvestre Regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud Día nacional de los chuquicamatinos y chuquicamatinas Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los organos de la administracion del estado Ley sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones AlimenticiasMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.
Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.
porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.
Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.abogadoandresretamales.cl
WhatsApp: 56997557091
facebook.com/abogadoandresretamales
Andrés Retamales, abogado.
Leer de nuevo
Código de Comercio Artículo 937. Código Orgánico de Tribunales Artículo 455. Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales Código Civil Artículo 1971. Código Civil Artículo 1719.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios