Crea la superintendencia de servicios sanitarios Chile
Crea la superintendencia de servicios sanitarios
- TITULO I
Naturaleza y funciones - Artículo 1. Créase la Superintendencia de Servicios Sanitarios como un servicio...
- Artículo 2. Corresponderá a la Superintendencia de Servicios Sanitarios la fiscalización...
- TITULO II
Organización y patrimonio - Artículo 3. Un funcionario con el título de Superintendente de Servicios Sanitarios será...
- Artículo 3 A. Serán inhábiles para desempeñar el cargo de Superintendente las personas que...
- Artículo 3 B. El Superintendente, los funcionarios de la Superintendencia y las personas...
- Artículo 4. Corresponderá al Superintendente: a) Administrar la Superintendencia y...
- Artículo 5. El Superintendente, con sujeción a la planta y dotación máxima de la...
- Artículo 6. La Superintendencia, para todos sus efectos legales, se considerará...
- Artículo 7. DEROGADO
- Artículo 8. El personal de la Dirección Nacional del Servicio Nacional de Obras...
- Artículo 9. DEROGADO
- Artículo 10. El patrimonio de la Superintendencia estará formado por: a) Los recursos...
- TITULO III
Procedimiento y Sanciones - Artículo 11. Los prestadores de servicios sanitarios que incurrieren en alguna infracción...
- Artículo 11 A. Los funcionarios de la entidad normativa, pertenecientes o asimilados a las...
- Artículo 11 B. Con a lo menos noventa días de anticipación a la entrada en operación de los...
- Artículo 11 C. Con el objeto de validar los informes de autocontrol presentados por el...
- Artículo 11 D. En ejercicio de su facultad de verificar el cumplimiento de las normas de...
- Artículo 12. Las sanciones serán aplicadas por resolución del Superintendente. Las...
- Artículo 13. El afectado podrá reclamar de la aplicación de la sanción o de su monto,...
- Artículo 14. Si la multa no fuere pagada y se hubiere hecho exigible por haber...
- Artículo 15. La Superintendencia no podrá aplicar multa a un infractor, luego de...
- Artículo 16. El retardo en el pago de toda multa que aplique la Superintendencia, en...
- Artículo 17. El afectado por la caducidad de la concesión a que se refiere el CAPITULO...
- Artículo 18. Los plazos administrativos de días que establece esta ley se entenderán de...
- Artículo 19. La Superintendencia adoptará las medidas necesarias para garantizar la...
- TITULO IV
Disposiciones varias - Artículo 19 BIS. Los directores, gerentes, funcionarios, empleados o auditores externos de...
- Artículo 20. La Superintendencia de Servicios Sanitarios será la sucesora legal del...
- Artículo 21. Transfiérense a la Superintendencia de Servicios Sanitarios, o al Fisco en...
- Artículo 22. Facúltase al Presidente de la República para que, en el plazo de 30 días a...
- Artículo 23. Las sociedades anónimas que se constituyan en virtud de lo dispuesto en la...
- Artículo 24. Modifícase el decreto con fuerza de ley N° 70, de 1988, del Ministerio...
- Artículo 25. Derógase el decreto ley N° 2.050, de 1977 y los decretos con fuerza de ley...
- Artículo 26. Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto con fuerza de ley...
- Título V
De la información - Artículo 27. El Superintendente podrá requerir a las personas sometidas a su...
- Artículo 28. Previa autorización del juez de turno en lo civil competente, el...
- Artículo 29. La Superintendencia deberá disponer de toda la información utilizada para la...
- Artículo 30. La Superintendencia tendrá la obligación de mantener actualizada una base de...
- Título VI
De los Recursos - Artículo 31. El plazo para la interposición del recurso de reposición establecido en el...
- Artículo 32. Las personas o entidades que estimen que las resoluciones u omisiones de la...
Otras regulaciones
Modifica el código de procedimiento civil, para establecer la tramitación digital de los procedimientos judiciales Transforma la empresa maritima del estado en sociedad anonima Modifica la regulación de la cuota mortuoria del seguro escolar y de la asignación por muerte de beneficiarios de pensión básica solidaria de invalidez, carentes de recursos Establece disposiciones sobre protección de refugiados Crea un fondo de garantías especialesMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.
Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.
porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.
Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.abogadoandresretamales.cl
WhatsApp: 56997557091
facebook.com/abogadoandresretamales
Andrés Retamales, abogado.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios