Crea instituto nacional de estadisticas Chile
Crea instituto nacional de estadisticas
- Artículo 1. El Instituto Nacional de Estadística, organismo técnico e independiente, es...
- Artículo 2. Corresponderá al Instituto Nacional de Estadísticas: a) Efectuar el...
- Artículo 3. La Dirección Superior, Técnica y Administrativa del Instituto Nacional de...
- Artículo 4. Son atribuciones y deberes del Director: a) Preparar anualmente el Plan...
- Artículo 5. Créase la Comisión Nacional de Estadísticas, organismo tecnico adjunto al...
- Artículo 6. Los miembros de la Comisión Nacional de Estadísticas estarán afectos a las...
- Artículo 7. Serán atribuciones de la Comisón Nacional de Estadísticas: a) Aprobar...
- Artículo 8. Los Servicios Públicos no podrán en forma permanente y continua, realizar...
- Artículo 9. El Instituto tendrá un Subdirector de Operaciones, un Subdirector Técnico y...
- Artículo 10. Créase el Comité Consultivo Técnico de Estadística, que estará a cargo de la...
- Artículo 11. El Comité estará integrado en la siguiente forma: a) Por el Director del...
- Artículo 12. Los miembros del Comité serán nombrados por decreto supremo a propuesta de...
- Artículo 13. Corresponderá al Comité Consultivo Técnico de Estadística: a) Asesorar...
- Artículo 14. Corresponderá al Director determinar la estructura interna del Instituto,...
- Artículo 15. El Instituto Nacional de Estadísticas podrá establecer Oficinas Regionales a...
- Artículo 16. El Director estará facultado para encomendar a los Oficiales del Registro...
- Artículo 17. Los organismos fiscales, semifiscales, empresas del Estado, Municipalidades...
- Artículo 18. Las instituciones, servicios y empresas señaladas en el artículo anterior,...
- Artículo 19. Para los efectos de la realización de encuestas, estadísticas y censos...
- Artículo 20. Todas las personas naturales o jurídicas chilenas y las residentes o...
- Artículo 21. La obligación que establece el artículo anterior se extiende a los...
- Artículo 22. Las personas a que se refieren los artículos 20° y 21°, de esta ley, que se...
- Artículo 23. Las sanciones indicadas en el artículo anterior, serán aplicadas por...
- Artículo 24. Dentro del plazo de cinco días, que se aumentará en conformidad a las reglas...
- Artículo 25. Si dentro del plazo señalado en el artículo anterior, el infractor no...
- Artículo 26. El pago de las multas no extingue la obligación del infractor de...
- Artículo 27. Si el insfractor fuere un funcionario de la Administración Pública, la...
- Artículo 28. Corresponde al Consejo dé Defensa del Estado asumir la representación y...
- Artículo 29. El Instituto Nacional de Estadísticas, los organismos fiscales, semifiscales...
- Artículo 30. Los datos estadísticos no podrán ser publicados o difundidos con referencia...
- Artículo 31. El Servicio tendrá franquicia de porte libre para toda la correspondencia,...
- Artículo 32. Previa autorización del Presidente de la República, corresponderá al...
- Artículo 33. Los títulos profesionales universitarios a que se refiere esta ley, deberán...
- Artículo 34. Deróganse los artículos 32 , 33 y 34 y el artículo transitorio del DFL....
- Artículo 35. El Director del Instituto Nacional de Estadística integrará los Consejos de...
- Artículo 36. Derógase el inciso final del artículo 30 °, de la ley N° 14.171,...
- Artículo 37. Mensualmente, el Director del Instituto Nacional de Estadística, informará...
- Artículo 38. El Instituto dispondrá para la consecución de sus fines, de los siguientes...
- Artículo 39. Para ser designado Director, Subdirector Técnico o Subdirector de...
- Artículo 40. El personal del Instituto se regirá por las disposiciones de la presente...
- Artículo 41. El decreto que fije las rentas regirá desde el 1° de Enero al 31 de...
- Artículo 42. Las estadísticas sobre recursos científicos y tecnológicos que confeccione...
- Artículo 43. Tendrá el carácter de feriado legal el día en que deba procederse al...
- Artículo 44. Quedan prohibidas, desde las 00:00 horas hasta las 20:00 horas del día en...
- Artículo 45. Todos los funcionarios y personal de los órganos de la Administración del...
Otras regulaciones
Crea el ministerio de la mujer y la equidad de género, y modifica normas legales que indica Organica constitucional de carabineros de chile Ley de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestacion de servicios Crea la corporación nacional forestal y de protección de recursos naturales renovables Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, y concede otros beneficios que indicaMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.
Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.
porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.
Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.
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Andrés Retamales, abogado.
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