Crea empresa television nacional de chile Chile
Crea empresa television nacional de chile
- Título I
Nombre, naturaleza y fines - Artículo 1. Televisión Nacional de Chile es una persona jurídica de derecho público y...
- Artículo 2. Su objeto es establecer, operar y explotar servicios de televisión y de...
- Artículo 3. En el cumplimiento de los fines antes señalados, deberá sujetarse...
- Título II
De la Administración
Párrafo 1°
Del Directorio - a) De su composición y designación
- Artículo 4. La administración de la empresa la ejerce un directorio compuesto de siete...
- Artículo 4 BIS. Para ser nombrado director de la empresa se deberá cumplir, a lo menos, con...
- b) De las inhabilidades y recusaciones de los Directores
- Artículo 4 TER. Se considerarán inhabilidades para ser designado en el cargo de director las...
- Artículo 4 QUÁTER. Los directores deberán abstenerse de participar y votar cuando se traten...
- Artículo 5. El cargo de director será incompatible con: a) El cargo de diputado,...
- Artículo 6. Los directores en quienes concurra alguna de las circunstancias señaladas a...
- c) De la responsabilidad, derechos y obligaciones de los Directores
- Artículo 7. La función de Director no es delegable y se ejerce colectivamente, en sala...
- Artículo 8. Los Directores deberán emplear en el ejercicio de sus funciones el cuidado y...
- Artículo 9. Los directores están obligados a guardar reserva acerca de los documentos y...
- Artículo 10. Se prohíbe a los Directores: 1) Adoptar políticas o decisiones que no...
- d) De la remuneración de los Directores
- Artículo 11. Los directores tendrán derecho a una dieta mensual que será establecida por...
- e) De la cesación en el cargo del Director
- Artículo 12. Son causales de cesación en el cargo de director de aquellos a que se...
- f) Del funcionamiento del Directorio
- Artículo 13. El Directorio sesionará con la mayoría de sus miembros en ejercicio y...
- Artículo 14. La empresa sólo podrá celebrar actos o contratos en los que uno o más...
- Artículo 15. De toda deliberación y acuerdo del Directorio se deberá dejar constancia en...
- g) De las atribuciones del Directorio
- Artículo 16. Corresponde al Directorio la administración y representación de la empresa,...
- Párrafo 2°
Del Director Ejecutivo - Artículo 17. Existirá un Director Ejecutivo que será designado o removido por el...
- Artículo 18. Corresponderá al Director Ejecutivo la ejecución de los acuerdos del...
- Artículo 19. Se aplicarán al Director Ejecutivo las normas establecidas en los artículos...
- Artículo 20. El Director Ejecutivo asistirá a las sesiones de Directorio con derecho a...
- Artículo 21. El Director Ejecutivo, en caso de ser citado a absolver posiciones, en...
- Título III
Del patrimonio y del régimen económico
Párrafo 1°
Del patrimonio. - Artículo 22. El patrimonio inicial de Televisión Nacional de Chile, al momento de entrar...
- Artículo 23. Al término de la empresa, su patrimonio pasará al Fisco de Chile, con...
- Párrafo 2°
Del régimen económico - Artículo 24. Televisión Nacional de Chile, en sus actividades financieras, estará sujeta...
- Artículo 25. Televisión Nacional de Chile estará afecta a lo dispuesto en el artículo 44...
- Artículo 26. Las utilidades anuales que obtenga Televisión Nacional de Chile se...
- Artículo 27. Televisión Nacional de Chile no podrá ceder, vender, arrendar o proporcionar...
- Artículo 28. El Gobierno no podrá obligar a la empresa a proporcionarle servicio alguno...
- Título IV
Del personal - Artículo 29. Los trabajadores de Televisión Nacional de Chile se regirán exclusivamente...
- Artículo 30. Los trabajadores de la empresa se clasifican en: a) trabajadores de planta,...
- Artículo 31. El ingreso a la planta y la provisión de cargos de jefatura o ejecutivos...
- Título V
De la fiscalización - Artículo 32. Televisión Nacional de Chile se relacionará con el Presidente de la...
- Artículo 33. La empresa y sus filiales quedarán sujetas a la tuición y fiscalización de...
- Artículo 34. Todo informe de los auditores externos deberá ser enviado de inmediato a la...
- Título VI
De la transmisión de contenidos educativos, culturales, tecnológicos, científicos e infantile - Artículo 35. Televisión Nacional de Chile, mientras cuente con una concesión, deberá...
- Artículo 36. El Directorio de Televisión Nacional de Chile en ejercicio tendrá la...
- Artículo 37. La Ley de Presupuestos del Sector Público podrá considerar aportes o...
- Título VII
Disposiciones varias - Artículo 38. Televisión Nacional de Chile se regirá exclusivamente por las normas de esta...
- Artículo 39. Deróganse, a contar de la publicación de la presente ley, el Título IV de la...
Otras regulaciones
Establece medidas para apoyar a las familias y a las micro, pequeñas y medianas empresas por el impacto de la enfermedad covid-19 en chile Ley de presupuestos del sector público correspondiente al año 2019 Sobre educación superior Establece franquicia tributaria respecto de sistemas solares térmicos Compañias de seguros, sociedades anonimas y bolsas de comercioMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.
Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.
porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.
Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.
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Andrés Retamales, abogado.
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