Ley organica de los astilleros y maestranzas de la armada
Artículo 3.
Ley organica de los astilleros y maestranzas de la armada Artículo 3 Chile
ASMAR se relacionará con el Supremo Gobierno a través del Ministerio de la Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina.
Chile Art. 3 Ley organica de los astilleros y maestranzas de la armada
Chile Art. 3 Ley organica de los astilleros y maestranzas de la armada