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Código Civil Artículo 2524 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 12-03-2024

Código Civil
Artículo 2524.

Las prescripciones de corto tiempo a que están sujetas las acciones especiales que nacen de ciertos actos o contratos, se mencionan en los títulos respectivos, y corren también contra toda persona; salvo que expresamente se establezca otra regla.



Chile Art. 2524 CC
Artículo 1 ...2522 2523 2524 FINAL

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Los comentarios de los usuarios

Hola me pueden orientar con respecto a ley 510 , tengo un trabajador que puso demanda en inspección del trabajo y me pide una enormidad de dinero desde año 2016

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