Otorga reconocimiento legal al pueblo tribal afrodescendiente chileno Chile
Otorga reconocimiento legal al pueblo tribal afrodescendiente chileno
- Artículo 1. La presente ley otorga el reconocimiento legal al pueblo tribal...
- Artículo 2. Se entiende por afrodescendientes chilenos al grupo humano que, teniendo...
- Artículo 3. Los saberes, conocimientos tradicionales, medicina tradicional, idiomas,...
- Artículo 4. El sistema nacional de educación de Chile procurará contemplar una unidad...
- Artículo 5. Los afrodescendientes chilenos a que hace referencia el artículo 2 de esta...
- Artículo 6. El Estado procurará incluir en los censos de la población nacional al pueblo...
- Artículo 7. Lo dispuesto en los artículos 4 y 6 podrá ser ejecutado mediante uno o más...
Otras regulaciones
Establece reajuste de remuneraciones y otros beneficios legales para el personal que indica, que se desempeña en los establecimientos de educación parvularia financiados por la junta nacional de jardines infantiles, vía transferencia de fondos traspasados a los servicios locales de educación Revoca la nacionalidad chilena concedida por gracia a don john joseph reilly Establece normas excepcionales para el pago de las subvenciones educacionales del decreto con fuerza de ley nº 2, de 1998 Establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad Crea la subsecretaría de educación parvularia, la intendencia de educación parvularia y modifica diversos cuerpos legalesMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.
Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.
porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.
Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.abogadoandresretamales.cl
WhatsApp: 56997557091
facebook.com/abogadoandresretamales
Andrés Retamales, abogado.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios