Ley organica de polla chilena de beneficencia Chile
Ley organica de polla chilena de beneficencia
- Artículo 1. TITULO I (ARTS. 1-2) Del objeto de la Empresa Artículo 1°.- La Polla...
- Artículo 2. Corresponderá especialmente a Polla Chilena de Beneficencia: a) Realizar 26...
- Artículo 3. TITULO II (ARTS. 3-5) De la Administración Artículo 3°.- La...
- Artículo 4. Polla Chilena de Beneficencia tendrá en el país las Agencias y Subagencias...
- Artículo 5. La Gerencia de Polla Chilena de Beneficencia establecerá las agencias...
- Artículo 6. TITULO III (ARTS. 6-9) Del personal de la Empresa CAPITULO I (ART. 6-6)...
- Artículo 7. CAPITULO II (ART. 7-7) Del personal Artículo 7°.- El personal de la...
- Artículo 8. CAPITULO III (ARTS. 8-9) De las remuneraciones Artículo 8°.- Además de...
- Artículo 9. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, y en la medida en que...
- Artículo 10. TITULO IV (ARTS. 10-13) Del Sistema de Sorteos CAPITULO I (ARTS. 10-12)...
- Artículo 11. En el pago y liquidación de cada sorteo de lotería se observará el siguiente...
- Artículo 12. Los premios se pagarán hasta 60 días después de la fecha en que se efectúe...
- Artículo 13. CAPITULO II (ART. 13-13) De los Beneficiarios Artículo 13°- Los fondos...
- Artículo 14. TITULO V (ARTS. 14-16) Del Sistema de Pronósticos y Apuestas CAPITULO I...
- Artículo 15. DEROGADO
- Artículo 16. CAPITULO II (ART. 16-16) De las destinaciones de las entradas Artículo...
- Artículo 17. TITULO VI (ARTS. 17-18) De las Inversiones Artículo 17°.- Polla Chilena...
- Artículo 18. A partir del 1° de Enero de 1979, el destino del remanente anual que se...
- Artículo 19. TITULO VII (ARTS. 19-22) Disposiciones Generales Artículo 19°.- Los...
- Artículo 20. Las tarjetas de apuestas y los premios que deban pagarse como resultado del...
- Artículo 21. DEROGADO
- Artículo 22. Deróganse a contar del 29 de Marzo de 1960 todas las disposiciones legales y...
Otras regulaciones
Concede asignacion de modernizacion y otros beneficios que indica Crea las universidades estatales de la región de o'higgins y de la región de aysén ley sobre impuesto territorial Ley del deporte Concede nacionalidad chilena, por especial gracia, al señor fuad dauabe escaffiMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.
Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.
porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.
Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.abogadoandresretamales.cl
WhatsApp: 56997557091
facebook.com/abogadoandresretamales
Andrés Retamales, abogado.
Leer de nuevo
Establece medidas tributarias que forman parte del plan de emergencia para la reactivación económica y del empleo en un marco de convergencia fiscal de mediano plazo Código de Procedimiento Civil Artículo 585. Código Orgánico de Tribunales Artículo 425. Ley orgánica constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y servicio electoral Código de Comercio Artículo 1120.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios