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Fija normas sobre remuneraciones y sobre personal para el sector publico Artículo 33 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28-05-2024

Fija normas sobre remuneraciones y sobre personal para el sector publico
Artículo 33.

Introdúcense en el artículo 1° del decreto con fuerza de ley N° 90, de Hacienda, de 1977, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por decreto N° 305, de Hacienda, de 1980, las siguientes modificaciones:

a) Sustitúyense los grados de la escala única de sueldos, en los siguientes escalafones:

"JEFATURAS A ------------------------------------------------------- Grado E.U.S. Nivel -------------------------------------------------------

9 Jefatura A I

10 Jefatura A II

JEFATURAS B

11 y 12 Jefatura B I

13 Jefatura B II

JEFES DE PRESUPUESTOS

9 y 10 Jefe Presupuesto I 11, 12 y 13 Jefe Presupuesto II" -------------------------------------------------------

b) Suprímese el escalafón de Jefaturas C y el Nivel III del escalafón de Jefes de Presupuestos.



Chile Art. 33 Fija normas sobre remuneraciones y sobre personal para el sector publico
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Hola. En el caso del art. 990 la Viuda que quedó cuando el marido murió y ahora ella también murió y no dejó hijos. Y tenemos la herencia de una tierra que dejó el abuelo padre del difunto. Esa conyugue ya difunta también sigue contando como herederas o son solos los herederos consanguíneos los que cuentan aquí?

Gracias de antemano por su respuesta.


Una madre puede heredar a un solo hijo su empresa y un vehículo. O existe alguna forma que esto quede solo a nombre de este hijo después que ella fallezca.


De conformidad lo establecido en nuestra constitución, en su artículo 19ª en el numeral 1º “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”.

 De este modo, el constituyente ha elevado a una categoría esencial el derecho de las personas a no ser ilegítimamente afectada su integridad como trabajador, desempeño en las funciones, de suerte que cualquier acción contraria constituye una vulneración de esta garantía esencial, y que forma parte de aquello que tanto la doctrina nacional y comparada, comprende dentro de los DERECHOS HUMANOS.


Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483

Email: [email protected]

Sitio web: www.palmaabogados.cl

WhatsApp: 56978732483


Si, es embargable cualquier producto bancario, incluidos los fondos en la cuenta de ahorro para la vivienda.


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¿Son embargables las cuentas de ahorro para la vivienda?


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