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Establece normas tributarias, económicas y financieras Artículo 12 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28-05-2024

Establece normas tributarias, económicas y financieras
Artículo 12.

Facúltase al Presidente de la República para que, mediante uno o más decretos expedidos a través del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, el que deberá ser suscrito, además, por el Ministro de Hacienda, establezca las normas y procedimientos a que deberán ajustarse las empresas del Estado o aquellas en que éste o sus instituciones o empresas sean propietarios del total del capital social, para reducir sus patrimonios y efectuar los retiros de capital derivados de la enajenación de los bienes que les corresponda efectuar, conforme a los programas de ventas de activos que se definan para tales empresas, destinados a ingresar directamente a rentas generales de la Nación.

No se aplicará lo dispuesto en el inciso anterior a las empresas dependientes o que se relacionen con el Gobierno a través del Ministerio de Defensa Nacional.



Chile Art. 12 Establece normas tributarias, económicas y financieras
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Hola. En el caso del art. 990 la Viuda que quedó cuando el marido murió y ahora ella también murió y no dejó hijos. Y tenemos la herencia de una tierra que dejó el abuelo padre del difunto. Esa conyugue ya difunta también sigue contando como herederas o son solos los herederos consanguíneos los que cuentan aquí?

Gracias de antemano por su respuesta.


Una madre puede heredar a un solo hijo su empresa y un vehículo. O existe alguna forma que esto quede solo a nombre de este hijo después que ella fallezca.


De conformidad lo establecido en nuestra constitución, en su artículo 19ª en el numeral 1º “El derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona”.

 De este modo, el constituyente ha elevado a una categoría esencial el derecho de las personas a no ser ilegítimamente afectada su integridad como trabajador, desempeño en las funciones, de suerte que cualquier acción contraria constituye una vulneración de esta garantía esencial, y que forma parte de aquello que tanto la doctrina nacional y comparada, comprende dentro de los DERECHOS HUMANOS.


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Si, es embargable cualquier producto bancario, incluidos los fondos en la cuenta de ahorro para la vivienda.


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¿Son embargables las cuentas de ahorro para la vivienda?


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