Dicta ley organica de policia de investigaciones de chile Chile
Dicta ley organica de policia de investigaciones de chile
- TITULO PRIMERO
Organización, misión y funciones específicas - Artículo 1. La Policía de Investigaciones de Chile es una Institución Policial de...
- Artículo 1 BIS. La Policía de Investigaciones de Chile, como parte de la Administración del...
- Artículo 1 TER. La Policía de Investigaciones de Chile, como institución integrante de las...
- Artículo 2. Policía de Investigaciones de Chile estará organizada sobre la base de una...
- Artículo 3. La Escuela de Investigaciones es el plantel destinado a la formación...
- Artículo 3 BIS. La dotación máxima de ingreso de los alumnos al primer año de formación en...
- Artículo 4. La misión fundamental de la Policía de Investigaciones de Chile es...
- Artículo 5. Corresponde en especial a Policía de Investigaciones de Chile contribuir al...
- Artículo 5 BIS. La Policía de Investigaciones de Chile deberá elaborar, de acuerdo a las...
- Artículo 5 TER. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo precedente, el Director General...
- Artículo 5 QUÁTER. El Alto Mando Policial, en conjunto con la Subsecretaría del Interior,...
- Artículo 5 QUINQUIES. El Director General, durante el mes de junio de cada año, rendirá cuenta en...
- Artículo 5 SEXIES. La Policía de Investigaciones de Chile deberá producir y publicar...
- Artículo 5 SEPTIES. Las órdenes generales y toda otra norma general, independientemente de su...
- Artículo 6. La Policía de Investigaciones de Chile podrá establecer servicios policiales...
- Artículo 6 BIS. La Policía de Investigaciones de Chile deberá informar al Ministerio del...
- Artículo 6 TER. La Policía de Investigaciones de Chile deberá archivar o eliminar, según...
- TITULO SEGUNDO
Normas especiales de procedimiento - Artículo 7. La Institución dará al Ministerio Público y a las autoridades judiciales con...
- Artículo 7 BIS. A fin de evaluar y controlar la adecuada respuesta de la institución ante...
- Artículo 7 TER. La Policía de Investigaciones de Chile elaborará un modelo de control...
- Artículo 7 QUÁTER. En los procedimientos disciplinarios se levantará registro de las...
- Artículo 7 QUINQUIES. Si los hechos puestos en conocimiento de la Policía de Investigaciones en...
- Artículo 8. DEROGADO
- TITULO TERCERO
De la Dirección General - Artículo 9. La Jefatura Superior de la Policía de Investigaciones de Chile corresponderá...
- Artículo 10. Corresponde al Director General de Investigaciones resolver sobre las...
- Artículo 10 BIS. Corresponderá al Director General disponer la organización y distribución de...
- Artículo 11. El Director General podrá delegar en los Subdirectores, Jefes zonales y...
- Artículo 12. Facúltase al Director General para encomendar trabajos de índole profesional...
- Artículo 13. La Dirección General podrá contratar trabajadores en calidad de jornal por...
- Artículo 14. Con cargo a los fondos que consulte la Ley de Presupuesto de la Nación,...
- TITULO CUARTO
Disposiciones Generales - Artículo 15. El nombramiento y selección del personal de Policía de Investigaciones de...
- Artículo 16. Los funcionarios que pertenezcan a los escalafones de Oficiales Policiales y...
- Artículo 17. El que matare a un miembro de la Policía de Investigaciones de Chile en...
- Artículo 17 BIS. El que hiriere, golpeare o maltratare de obra a un miembro de la Policía de...
- Artículo 17 TER. Cuando los delitos establecidos en los artículos 395 y 396 del Código Penal...
- Artículo 17 QUATER. El que amenazare en los términos de los artículos 296 y 297 del Código Penal...
- Artículo 18. La denominación "Detective" sólo podrá ser usada por el personal en servicio...
- Artículo 19. Se Prohíbe a los funcionarios de Policía de Investigaciones de Chile,...
- Artículo 20. Los informes que se levanten durante el proceso de toma de denuncia y en...
- Artículo 21. Se hacen extensivas a los funcionarios de Investigaciones las prohibiciones...
- Artículo 22. Todo funcionario de Policía de Investigaciones de Chile que faltare...
- Artículo 23. Los funcionarios de Investigaciones que sean privados de libertad en virtud...
- Artículo 23 BIS. Estará exento de responsabilidad criminal, el funcionario de la Policía de...
- Artículo 24. El personal de Policía de Investigaciones de Chile está autorizado para...
- Artículo 24 BIS. En el ejercicio de sus funciones, el personal de la Policía de...
- Artículo 25. Dentro del marco de su disponibilidad presupuestaria y su factibilidad de...
- Artículo 25 BIS. Créase un Comité de Auditoría Policial, integrado por un representante de la...
- Artículo 25 TER. Del uso y disposición del presupuesto de la Policía de Investigaciones de...
- Artículo 25 QUÁTER. Existirá una unidad encargada de la función de auditoría interna,...
- Artículo 25 QUINQUIES. La Contraloría General de la República, en el ejercicio de sus facultades...
- Artículo 26. Las adquisiciones y enajenaciones que deba efectuar Policía de...
- Artículo 27. Los galardones y otros beneficios legales análogos de carácter pecuniario...
- Artículo 28. Los Departamentos del Tránsito de las Municipalidades o los organismos que...
- Artículo 29. Derogado
- Artículo 30. La Comisión Médica de Policía de Investigaciones de Chile debe actuar o...
- Artículo 31. Los peritos del Laboratorio de Criminalística cumplirán los cometidos que le...
- Artículo 32. Deróganse el artículo 6°de la ley N° 6.180; los artículos 1°, 2°, 3°, y 13...
- Artículo 32 BIS. El superior a cargo de un procedimiento policial, que conforme a la...
- Artículo 32 TER. Los informes que se levanten durante el proceso de toma de denuncia y en...
- Artículo 32 QUÁTER. El personal de la Policía de Investigaciones tendrá derecho a ser defendido...
Otras regulaciones
Establece la ley organica constitucional del ministerio publico Establece la libertad condicional para las personas condenadas a penas privativas de libertad Crea el instituto nacional de desarrollo sustentable de la pesca artesanal y de la acuicultura de pequeña escala, indespa Reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, así como la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar, y otorga ayudas extraordinarias para las familias en contexto del covid-19 Crea un mecanismo de estabilización del precio del cobre para la pequeña mineríaMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.
Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.
porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.
Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.abogadoandresretamales.cl
WhatsApp: 56997557091
facebook.com/abogadoandresretamales
Andrés Retamales, abogado.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios