Crea la xv region de arica y parinacota y la provincia del tamarugal en la region de tarapaca Chile
Crea la xv region de arica y parinacota y la provincia del tamarugal en la region de tarapaca
- Artículo 1. Créase la XV Región de Arica y Parinacota, capital Arica, que comprende las...
- Artículo 2. Créase en la I Región de Tarapacá la provincia del Tamarugal, capital Pozo...
- Artículo 3. Agrégase el siguiente número 15 en el artículo 1º de la ley Nº 19.379:...
- Artículo 4. Créanse en la planta del Servicio de Gobierno Interior, establecida en el...
- Artículo 5. Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 72 de la ley Nº...
- Artículo 6. Introdúcense las siguientes modificaciones en el Código Orgánico de...
- Artículo 7. Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 4º de la ley Nº...
- Artículo 8. Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 20.022, que crea...
- Artículo 9. Reemplázase, en el artículo 12 de la ley Nº 18.846, la expresión "en un...
- Artículo 10. Sustitúyese en el artículo 6º de la ley Nº 19.669, la expresión "I Región de...
- Artículo 11. Las normas legales, reglamentarias y demás disposiciones que aludan,...
- Artículo 12. El mayor gasto fiscal que demande la aplicación de esta ley durante el año...
- Artículo 13. La presente ley entrará en vigencia ciento ochenta días después del día de...
- Artículo 14. Para los efectos de la operación de los pescadores artesanales inscritos en...
- Artículo 15. Modifícase la Ley General de Pesca y Acuicultura cuyo texto refundido,...
- Artículo 16. Modifícase la ley Nº 19.713 sobre límite máximo de captura por armador, en...
- Artículo 17. El Servicio Nacional de Pesca deberá reestructurar de oficio las...
Otras regulaciones
Fija normas para la promoción de cargos en las plantas de oficiales penitenciarios y de suboficiales y gendarmes Establece pension de reparacion y otorga otros beneficios a favor de las personas que indica Ley Organica constitucional de las fuerzas armadas Crea la xvi región de Ñuble y las provincias de Diguillín, Punilla e Itata Establécese un retiro único y extraordinario de fondos previsionales en las condiciones que indicaMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.
Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.
porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.
Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.abogadoandresretamales.cl
WhatsApp: 56997557091
facebook.com/abogadoandresretamales
Andrés Retamales, abogado.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios