Crea el consejo de estabilidad financiera Chile
Crea el consejo de estabilidad financiera
- TÍTULO I
DEL CONSEJO DE ESTABILIDAD FINANCIERA - Artículo 1. Créase el Consejo de Estabilidad Financiera, organismo consultivo...
- Artículo 2. El Consejo de Estabilidad Financiera contará con las siguientes...
- Artículo 3. Con el objetivo de procurar el mejor desempeño de la labor del CEF, las...
- Artículo 4. El Consejo sesionará con la asistencia de al menos dos de sus miembros,...
- Artículo 5. El Consejo determinará en un reglamento interno las normas sobre citación a...
- Artículo 6. Atendida la naturaleza y objeto de las funciones del CEF establecidas en la...
- TÍTULO II
OTRAS DISPOSICIONES - Artículo 7. Modifícase la ley General de Bancos, cuyo texto refundido, sistematizado y...
- Artículo 8. Agrégase, en la letra d) del artículo 4º del decreto ley Nº 3.538, de 1980,...
- Artículo 9. Agréganse, en el artículo 9º bis del decreto con fuerza de ley Nº 251, de...
- Artículo 10. Agrégase, en la letra h) del artículo 3º del decreto con fuerza de ley Nº...
- Artículo 11. Agrégase, en el inciso tercero del artículo 66 de la ley orgánica...
- TÍTULO III
Disposiciones Finales - Artículo 12. Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación institucional de los órganos...
- Artículo 13. El costo anual que se origine por la aplicación de esta ley se financiará...
Otras regulaciones
Crea la oficina de estudios y politicas agrarias Regula el prorrateo y pago de deudas por servicios de agua potable y electricidad generados durante la pandemia covid-19, y establece subsidios a clientes vulnerables Concede la nacionalidad por gracia al diácono guido goossens roell Concede la nacionalidad por gracia al ciudadano norteamericano señor steven colon santos Establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indicaMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
lo que te recomiendo es que solicites el inicio de un procedimiento de reorganización simplificada, esto forzará de alguna forma a reorganizar la o las deudas con el o los acreedores con los que tienes créditos.
Buenas tardes, al llegar a mi domicilio me encuentro con el notificador, el cual solo me entrega un documento y se va. y el documento dice que si no se paga la deuda se procederá a embargo por el articulo 443 n 2 y 449. Mi pregunta es, ellos o la entidad a la que se le debe no efrece soluciones de pago, uno no puede hacer nada al respecto para evitar embargo? no me e negado a pagar, solo que la manera que ellos quieren es el pago total y no puedo.
porque algunos conservadores no desean aplicar el articulo 30 bis, y argumentan que los cobros excesivos se basan en el articulo 15 de la ley 16.271, codigo civil, articulo 688, y sustentan aun mas sus cobros excesivos en el decreto 588 sin mencionar el articulo, ello esta referido a la inscripcion de la propiedad cuando se hace años mas tarde y la posession efectiva se saco años antes, y lucran con el dinero de los pobres, ejemplo la posesion efectiva data del 2009 y hoy 2024 ese avaluo fiscal esta en las nubes, lo cual es bueno si deseas vender la propiedad, pero abusivo el cobro cuando el 30 bis dice que se cobrara en el momento en que se dio la posesion efectiva, hay alguna persona que explique tales abusos de parte de algunos conservadores de bienes raices, es gracias.
Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.
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Andrés Retamales, abogado.
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